Fija el Gobierno Nacional
NUEVO MARCO REGULATORIO PARA DISTRIBUCIÓN DE COMBUSTIBLES
LÍQUIDOS
Bogotá, 29 nov. (SNE).- El Gobierno Nacional puso en vigencia
un nuevo marco regulatorio para la distribución de combustibles
líquidos, que fija los requisitos, las obligaciones y el
régimen sancionatorio para todos los agentes que intervienen
en la actividad.
El nuevo marco regulatorio está consignado en el decreto
4299 del 25 de noviembre de 2005, y aplica para los refinadores,
importadores, almacenadores, distribuidores mayoristas, transportadores,
distribuidores minoristas y grandes consumidores de combustibles
líquidos derivados del petróleo.
Para cada uno de ellos, el decreto estipula con claridad los requisitos
y las obligaciones legales que deben cumplir para prestar el servicio
de una forma adecuada.
Entre otros aspectos el decreto establece
-para el transporte terrestre de combustibles- una guía única, que es
un documento especial en el cual se consigna información
relacionada con el combustible que se moviliza, los agentes comprometidos
en la transacción, la identificación del vehículo,
y el origen y destino del mismo.
Además, el decreto advierte que los agentes de la cadena
de distribución de estos combustibles deberán mantener
vigente una póliza de seguro de responsabilidad civil extracontractual,
que tenga como beneficiarios a terceros, por daños causados
en sus bienes o personas con ocasión de las actividades
asociadas al transporte, almacenamiento, manejo y distribución
de combustibles líquidos derivados del petróleo.
Así mismo, se fija un régimen sancionatorio que
incluye amonestaciones, multas, suspensión del servicio,
y cancelación de la autorización y cierre de los
establecimientos, para los agentes que infrinjan el decreto, por
parte del Ministerio de Minas y Energía, o de la autoridad
que éste delegue.
Julio Cesar Vera, director de Hidrocarburos
del Ministerio de Minas y Energía, dijo que con el decreto se elimina la dispersión
de normas sobre distribución de combustibles líquidos,
unificando toda la normatividad en un solo documento.
“Se elimina una serie de vacíos que tenía
el marco regulatorio y se clarifica el rol de los diferentes agentes,
cuyos apartes estaban muy simples en el anterior marco regulatorio,
lo cual se prestaba para interpretaciones duales o vacías”,
explicó el funcionario.
Vera también resaltó que el nuevo decreto fortalece
los controles sobre los agentes de la cadena de distribución,
como parte de la prestación de un servicio público
que requiere garantías de parte del Estado.
OBJETIVOS GENERALES
El funcionario explicó que el decreto está estructurado
con el objetivo de desarrollar la cadena de comercialización,
garantizar la competencia sobre unas bases mínimas de igualdad
para los agentes, maximizar los beneficios para el consumidor final
y prevenir la comercialización ilegal de combustibles.
Sin embargo, aclaró que para desarrollar estos objetivos
es indispensable que los agentes actuales y los nuevos participantes
en el negocio garanticen una infraestructura mínima que
haga posible comercializar sus productos.
Dicha condición, explicó Vera, permitirá desarrollar
la infraestructura de la cadena a través de inversiones
en la red minorista de comercialización, y darle un mayor
ordenamiento al mercado al evitar la competencia desleal que resulta
de la comercialización de productos a través de la
red de otros mayoristas.
De igual manera, fomentará que los
agentes que operen en la cadena, lo hagan con perspectiva de
largo plazo.
Vera aseguró que otro aspecto importante es que este decreto
se convierte en un instrumento eficiente e incentivador de la inversión
pública y privada en el sector de combustibles. |