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NUEVO MARCO REGULATORIO PARA DISTRIBUCIÓN DE COMBUSTIBLES LÍQUIDOS

Bogotá, 29 nov. (SNE).- El Gobierno Nacional puso en vigencia un nuevo marco regulatorio para la distribución de combustibles líquidos, que fija los requisitos, las obligaciones y el régimen sancionatorio para todos los agentes que intervienen en la actividad.

El nuevo marco regulatorio está consignado en el decreto 4299 del 25 de noviembre de 2005, y aplica para los refinadores, importadores, almacenadores, distribuidores mayoristas, transportadores, distribuidores minoristas y grandes consumidores de combustibles líquidos derivados del petróleo.

Para cada uno de ellos, el decreto estipula con claridad los requisitos y las obligaciones legales que deben cumplir para prestar el servicio de una forma adecuada.

Entre otros aspectos el decreto establece -para el transporte terrestre de combustibles- una guía única, que es un documento especial en el cual se consigna información relacionada con el combustible que se moviliza, los agentes comprometidos en la transacción, la identificación del vehículo, y el origen y destino del mismo.

Además, el decreto advierte que los agentes de la cadena de distribución de estos combustibles deberán mantener vigente una póliza de seguro de responsabilidad civil extracontractual, que tenga como beneficiarios a terceros, por daños causados en sus bienes o personas con ocasión de las actividades asociadas al transporte, almacenamiento, manejo y distribución de combustibles líquidos derivados del petróleo.

Así mismo, se fija un régimen sancionatorio que incluye amonestaciones, multas, suspensión del servicio, y cancelación de la autorización y cierre de los establecimientos, para los agentes que infrinjan el decreto, por parte del Ministerio de Minas y Energía, o de la autoridad que éste delegue.

Julio Cesar Vera, director de Hidrocarburos del Ministerio de Minas y Energía, dijo que con el decreto se elimina la dispersión de normas sobre distribución de combustibles líquidos, unificando toda la normatividad en un solo documento.

“Se elimina una serie de vacíos que tenía el marco regulatorio y se clarifica el rol de los diferentes agentes, cuyos apartes estaban muy simples en el anterior marco regulatorio, lo cual se prestaba para interpretaciones duales o vacías”, explicó el funcionario.

Vera también resaltó que el nuevo decreto fortalece los controles sobre los agentes de la cadena de distribución, como parte de la prestación de un servicio público que requiere garantías de parte del Estado.

OBJETIVOS GENERALES

El funcionario explicó que el decreto está estructurado con el objetivo de desarrollar la cadena de comercialización, garantizar la competencia sobre unas bases mínimas de igualdad para los agentes, maximizar los beneficios para el consumidor final y prevenir la comercialización ilegal de combustibles.

Sin embargo, aclaró que para desarrollar estos objetivos es indispensable que los agentes actuales y los nuevos participantes en el negocio garanticen una infraestructura mínima que haga posible comercializar sus productos.

Dicha condición, explicó Vera, permitirá desarrollar la infraestructura de la cadena a través de inversiones en la red minorista de comercialización, y darle un mayor ordenamiento al mercado al evitar la competencia desleal que resulta de la comercialización de productos a través de la red de otros mayoristas.

De igual manera, fomentará que los agentes que operen en la cadena, lo hagan con perspectiva de largo plazo.

Vera aseguró que otro aspecto importante es que este decreto se convierte en un instrumento eficiente e incentivador de la inversión pública y privada en el sector de combustibles.

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