DIAN fija precios mínimos
CONTROL A IMPORTACIONES DE CONFECCIONES DE PAÍSES ASIÁTICOS
Bogotá, 30 nov. (SNE).- En su política de luchar
contra el contrabando y la subfacturación en las importaciones,
la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) fijó precios
mínimos a los cuales deben ingresar al país confecciones
y mantas provenientes de los países asiáticos.
El organismo expidió cuatro resoluciones en las que advierte
que esos precios indicativos y estimados comienzan a operar a partir
de la sanción de las resoluciones.
En el caso de las confecciones las resoluciones
11438 y 11439 fija los precios para las provenientes de Corea
del Sur, Corea
del Norte, China, Filipinas, Hong Kong, India, Indonesia, Malasia,
Pakistán, Singapur, Tailandia, Taiwán, Vietnam y
Panamá.
Se determinaron los precios indicativos
para abrigos, chaquetas, pantalones, trajes de sastre, vestidos,
faldas, camisas, camisones,
pijamas, calzoncillos, bragas, saltos de cama, albornoces, suéteres,
bañadores, sostenes, fajas, corbatas, ropas de cama y de
mesa.
En el caso de las mantas la resolución 10953 estableció precios
indicativos para las procedentes de Corea del Sur, China y Panamá.
Por ejemplo para las mantas sintéticas de entre 1,10 metros
y 1,40 metros, el precio debe ser de 5 dólares con 30 centavos.
Y el mayor tiene que ser de 12,50 dólares para las mantas
con fibra textil de 2 a 2,40 metros.
Para esos mismos productos se determinaron
precios estimados dependiendo de los elementos empleados en la
fabricación. |