Corte Constitucional declara exequible partida
de 91 billones para el 2005
PRESUPUESTO PARA TRANSFERENCIAS EN 2005,
ES SUFICIENTE Y ESTÁ COMPLETO
Bogotá, 6 oct. (SNE). - La Corte Constitucional declaró exequible
el monto de 91 billones 562.372 millones de pesos que el Gobierno
Nacional apropió en el presupuesto de 2005 para pagar los
gastos de funcionamiento, inversión y servicio de la deuda
pública y que están especificados en la Ley 921 de
2004.
Así mismo en la sentencia C –1003/05 la Corte señaló que
el sistema para el cálculo de las transferencias definido
y aplicado por el Consejo Nacional de Política Económica
y Social (Cones) para el 2005, y mediante el cual se giran a los
departamentos y municipios para ser invertidos en educación,
salud y agua potable y saneamiento básico, fue el correcto
de acuerdo con lo ordenado por la Constitución Nacional
y tomando como referencia lo correspondiente al año inmediatamente
anterior.
De acuerdo con ese fallo, para el 2005
el Gobierno decidió que
a los entes territoriales (departamentos y municipios) se les girará por
transferencias o Sistema General de Participaciones (SGP), 15 billones
278 mil millones de pesos y que allí se incluye la totalidad
de los 12 giros anuales que se hace a las regiones y que se conoce
como “doceavas partes”.
En un comunicado de prensa la Corte precisó:
“La Corte constató que en el presupuesto están
previstas doce doceavas, una por cada mes. Once de la presente
vigencia fiscal y una de la vigencia inmediatamente anterior correspondiente
al mes de diciembre de 2004, que se gira en enero de 2005. Para
la Corte el que se haya apropiado solo once doceavas partes del
monto calculado por el Departamento Nacional de Planeación
para el Sistema General de Participaciones, habida cuenta de que
una doceava parte de éste monto anual correspondiente al
mes de diciembre de 2005 se girará en el mes de enero de
2006, no implica violación alguna de la Constitución.
Con ello se ratifica lo señalado en sentencias C-568 de
2004 y C-811 de 2001, en cuanto es razonable establecer que unos
determinados recursos se giren después de que los mismos
hayan sido recaudados, máxime si el recaudo es la fuente
para financiar dichos giros”.
En su reunión del pasado 3 de octubre la Sala Plena de
la Corte señaló que no tiene razón el demandante
quien argumentó que las cifras definidas por el Conpes y
por Planeación, resultan insuficientes para cubrir la totalidad
de lo debido por la Nación por concepto de transferencias
a las entidades territoriales dentro del Sistema General de Participaciones.
“De igual modo, contrario a lo que aduce el actor, -dice
el comunicado- la Corte precisó que cuando la norma del
Estatuto Orgánico del Presupuesto establece que han de ser
ejecutados todos los recursos apropiados, se refiere a los recursos
efectivamente incluidos en el presupuesto de gastos, esto es, que
no podrá dejar de girarse una de las doceavas incluidas
en el presupuesto de la presente vigencia. Por tales razones, la
Corporación consideró que no son de recibo los cargos
de inconstitucionalidad esgrimidos por el demandante y en consecuencia
declarará la exequibilidad del artículo 2º de
la ley 921 de 2004, por dichos cargos”.
Como refuerzo de esta decisión la Corte reveló que
con base en lo informado por el Contralor General de la República
y de conformidad con el ordenamiento superior, la Corte señaló que
la Carta impone el giro oportuno en el mes de enero a las entidades
territoriales, de la última doceava de recursos que completa
el monto anual de las respectivas transferencias y advirtió que
este debe efectuarse sin rezagos.
En esta decisión de la Corte hubo dos salvaciones de voto
por parte de los magistrados Jaime Araujo Rentería y Alfredo
Beltrán Sierra. El primero señala que no se apropió la
totalidad de los recursos de las transferencias que deben girarse
a los entes territoriales; y el segundo sostiene que la Corte debía
ordenar que no puede persistir ningún rezago en el giro
de los recursos.