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18 de octubre
Fue reglamentado por la Función Pública

APLICAN SISTEMA DE DESARROLLO ADMINISTRATIVO A ENTIDADES OFICIALES

Bogotá, 18 oct. (SNE).- En todas las entidades y organismos de la Rama Ejecutiva del Poder Público del Orden Nacional, comenzará a aplicarse el Sistema de Desarrollo Administrativo.

Así lo ordenó el Departamento Administrativo de la Función Pública por medio del decreto 3622 del 10 de octubre.

El Sistema de Desarrollo Administrativo es el conjunto de políticas, estrategias, metodologías, técnicas y mecanismos de carácter administrativo y organizacional para la gestión y el manejo de los recursos humanos, técnicos, materiales, físicos y financieros de las entidades de la administración pública.

De acuerdo con el decreto, el Desarrollo Administrativo es un proceso de mejoramiento permanente y planeado para tener una buena gestión y uso de los recursos y del talento humano en los organismos y entidades oficiales.

Las entidades públicas nacionales tienen que adoptar las siguientes políticas de desarrollo administrativo:

- El desarrollo del talento humano estatal: con el fin de desarrollar habilidades, destrezas y competencias de los servidores públicos y definir parámetros para el ingreso y permanencia de los empleados.

- Gestión de calidad: permite dirigir y evaluar el desempeño institucional en términos de calidad.

- La democratización de la administración pública: dirigida a consolidar la cultura de la participación social en la gestión pública para facilitar la integración de los ciudadanos y servidores públicos en el logro de las metas económicas y sociales del país.

- La moralización y transparencia en la administración pública: se orienta a la formación de valores de responsabilidad y vocación de servicio que garanticen el interés general en la administración de lo público. Se orienta a la prevención de conductas corruptas y a la identificación de áreas susceptibles de corrupción.

- Los rediseños organizacionales: tendientes a diseñar organizaciones modernas, flexibles y abiertas al entorno, orientadas hacia la funcionalidad y la modernización de la estructura administrativa y racionalización de las plantas de personal.

Para comenzar a aplicar este Sistema de Desarrollo Administrativo se definieron tres instancias: los Comités Sectoriales de Desarrollo Administrativo, los ministros y los directores de departamentos administrativos y el Departamento de la Función Pública (DAFP).

El organismo rector del sistema es el DAFP y a este le corresponde formular las políticas de desarrollo administrativo y difundirlas, establecer las metodologías, prestar asistencia técnica y acompañamiento a las entidades que lo aplican, recibir los planes sectoriales y elaborar un informe anual de ejecución y de resultados.

Los ministros y directores de departamentos administrativos tienen que presentar en los primeros 60 días de cada año los planes de desarrollo administrativo, tienen que aplicarlo y hacer un seguimiento cada tres meses a la ejecución de las políticas.

Por último el decreto señala que las Asambleas departamentales y los Concejos distritales y municipales dispondrán la conformación del Comité de Desarrollo Administrativo en sus respectivas entidades territoriales y definirán las instancias que consideren necesarias para que opere.

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