Fue reglamentado
por la Función
Pública APLICAN SISTEMA DE DESARROLLO ADMINISTRATIVO A ENTIDADES OFICIALES
Bogotá, 18 oct. (SNE).- En todas las entidades y organismos
de la Rama Ejecutiva del Poder Público del Orden Nacional,
comenzará a aplicarse el Sistema de Desarrollo Administrativo.
Así lo ordenó el Departamento Administrativo de
la Función Pública por medio del decreto 3622 del
10 de octubre.
El Sistema de Desarrollo Administrativo
es el conjunto de políticas,
estrategias, metodologías, técnicas y mecanismos
de carácter administrativo y organizacional para la gestión
y el manejo de los recursos humanos, técnicos, materiales,
físicos y financieros de las entidades de la administración
pública.
De acuerdo con el decreto, el Desarrollo
Administrativo es un proceso de mejoramiento permanente y planeado
para tener una buena
gestión y uso de los recursos y del talento humano en los
organismos y entidades oficiales.
Las entidades públicas nacionales tienen que adoptar las
siguientes políticas de desarrollo administrativo:
- El desarrollo del talento humano estatal:
con el fin de desarrollar habilidades, destrezas y competencias
de los servidores públicos
y definir parámetros para el ingreso y permanencia de los
empleados.
- Gestión de calidad: permite dirigir y evaluar el desempeño
institucional en términos de calidad.
- La democratización de la administración pública:
dirigida a consolidar la cultura de la participación social
en la gestión pública para facilitar la integración
de los ciudadanos y servidores públicos en el logro de las
metas económicas y sociales del país.
- La moralización y transparencia en la administración
pública: se orienta a la formación de valores de
responsabilidad y vocación de servicio que garanticen el
interés general en la administración de lo público.
Se orienta a la prevención de conductas corruptas y a la
identificación de áreas susceptibles de corrupción.
- Los rediseños organizacionales: tendientes a diseñar
organizaciones modernas, flexibles y abiertas al entorno, orientadas
hacia la funcionalidad y la modernización de la estructura
administrativa y racionalización de las plantas de personal.
Para comenzar a aplicar este Sistema de
Desarrollo Administrativo se definieron tres instancias: los
Comités Sectoriales de
Desarrollo Administrativo, los ministros y los directores de departamentos
administrativos y el Departamento de la Función Pública
(DAFP).
El organismo rector del sistema es el DAFP
y a este le corresponde formular las políticas de desarrollo administrativo y difundirlas,
establecer las metodologías, prestar asistencia técnica
y acompañamiento a las entidades que lo aplican, recibir
los planes sectoriales y elaborar un informe anual de ejecución
y de resultados.
Los ministros y directores de departamentos
administrativos tienen que presentar en los primeros 60 días de cada año
los planes de desarrollo administrativo, tienen que aplicarlo y
hacer un seguimiento cada tres meses a la ejecución de las
políticas.
Por último el decreto señala que las Asambleas departamentales
y los Concejos distritales y municipales dispondrán la conformación
del Comité de Desarrollo Administrativo en sus respectivas
entidades territoriales y definirán las instancias que consideren
necesarias para que opere.
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