Ordena proyecto de
normalización de cartera
MUNICIPIOS NO PODRÁN SEGUIR CONTRATANDO RECAUDOS DE IMPUESTOS
Bogotá, 26 oct. (SNE). - Los entes territoriales, municipios
y departamentos, no podrán seguir contratando con terceros
el recaudo de impuestos tal y como lo han venido haciendo hasta
ahora.
Así quedó estipulado en el Proyecto para la Normalización
de la Cartera Pública que aprobó la Comisión
Tercera del Senado de la República y que pasó a último
debate en la Plenaria del Senado.
El ministro de Hacienda, Alberto Carrasquilla,
se mostró preocupado
por los contratos que suscribieron algunos municipios pues allí se
está entregando la soberanía del Estado sobre la
información y las bases de datos de los contribuyentes y
se están pagando altísimas comisiones por los recaudos.
“Este sistema es muy costoso, sin lugar a dudas. Las tarifas
que se están cobrando y los costos para los municipios son
demasiado altos y yo sí tengo una viva preocupación
por los contratos que se han firmado”, señaló.
Según un informe del Ministerio de Hacienda, estos contratos
fueron firmados en Cali, Barranquilla, Montería, Santa Marta,
Fundación, Plato, Pereira y Malambo.
En el caso de Cali, el 31 de marzo de 2005
se firmó un
contrato por 15 años con la Unión Temporal de Servicios
de Impuestos de Cali para el cobro de los impuestos. Allí se
reconoce una comisión del 2,8 por ciento sobre recaudos
ordinarios y una adicional del 4,9 por ciento sobre recaudos adicionales
en predial e industria y comercio.
Entre enero y junio de 2005 Cali recaudó 98.758
millones por predial; 12.124 millones por sobretasa ambiental
y 81.486 millones
por industria y comercio, y en total ha pagado comisiones por 5.393
millones de pesos.
Barranquilla viene firmando contratos desde
el 2001 y en el año
2004 pagó por comisiones 4.299 millones y en el primer semestre
de 2005 ha cancelado 3.267 millones de pesos.
Montería suscribió por 20 años el contrato
el 24 de enero de 2005 y hasta junio del año en curso pagó comisiones
por 816 millones de pesos.
Y en el caso de Santa Marta en el 2004 se pagaron 2.785 millones
de pesos y en seis meses de 2005 van 1.474 millones de pesos.
¿Qué pasará con estos contratos? El Ministro
de Hacienda dijo que “la ley no puede acabar los contratos,
los que están firmados tienen que ser estudiados por la
entidad territorial y cualquier evidencia que encuentren deberá ser
sometida a la luz pública”.
Carrasquilla aclaró que se podrán tercerizar algunos
servicios técnicos o científicos pues los municipios
no cuentan con toda la infraestructura para modernizar los sistemas
de cobro, pero reiteró queda prohibida la contratación
de los recaudos de los tributos.
OTROS PUNTOS
El Ministro de Hacienda señaló que
con este proyecto se conceden algunas facilidades a los morosos
para que paguen o
celebren acuerdos de pago.
“Yo considero que va a haber una recuperación importante
de la cartera pública de tener un cuarto debate favorable”,
indicó.
Según la Contaduría General de la Nación
a las diversas entidades públicas les adeudan cerca de 15
billones de pesos entre empresas quebradas, contribuyentes ya fallecidos,
pero no se conoce con certeza cuánto se podría recuperar,
aunque en el presupuesto de 2006 fueron presupuestados unos 400
mil millones de pesos.
Entre los puntos principales del proyecto
que pasa a último
debate están:
- La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN)
no podrá embargar cuentas de ahorro con depósitos
inferiores a 25 salarios mínimos, en procesos de cobro administrativos
contra particulares.
En procesos de cobro contra personas jurídicas no habrá monto
inembargable.
- Se darán facilidades de pago a los morosos que en seis
meses posteriores a la aprobación de la ley paguen el 30
por ciento de la deuda y las sanciones.
- La tasa de interés moratorio para efectos tributarios
será equivalente a la tasa de usura certificada por la Superintendencia
Bancaria.
- Las entidades públicas que tengan que recaudar rentas
a nivel nacional o territorial tienen jurisdicción coactiva
para hacer efectivas las obligaciones.
- Las administradoras del régimen de prima media con prestación
definida en pensiones (como el ISS y las cajas) mantienen la facultad
de cobro coactivo.
- Los pagos que haga un moroso deberán
imputarse al período
e impuesto que diga el contribuyente.
- Se autoriza al Incoder a reestructurar
los créditos de
tierras, producción, maquinaria, agrícola, contribución
por valorización y recuperación de inversión
de los distritos de riego, que le adeuden los usuarios.
- También se autorizó al Incora en Liquidación
y al Inat en liquidación a pasar a CISA la cartera por cobrar
no recibida por el Incoder, con el fin de reestructurarla y habitarla.
- Se dan seis meses de plazo a las entidades
territoriales para que paguen las deudas pendientes por servicios
públicos
con las empresas respectivas de servicios. |