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26 de octubre

Ordena proyecto de normalización de cartera

MUNICIPIOS NO PODRÁN SEGUIR CONTRATANDO RECAUDOS DE IMPUESTOS

Bogotá, 26 oct. (SNE). - Los entes territoriales, municipios y departamentos, no podrán seguir contratando con terceros el recaudo de impuestos tal y como lo han venido haciendo hasta ahora.

Así quedó estipulado en el Proyecto para la Normalización de la Cartera Pública que aprobó la Comisión Tercera del Senado de la República y que pasó a último debate en la Plenaria del Senado.

El ministro de Hacienda, Alberto Carrasquilla, se mostró preocupado por los contratos que suscribieron algunos municipios pues allí se está entregando la soberanía del Estado sobre la información y las bases de datos de los contribuyentes y se están pagando altísimas comisiones por los recaudos.

“Este sistema es muy costoso, sin lugar a dudas. Las tarifas que se están cobrando y los costos para los municipios son demasiado altos y yo sí tengo una viva preocupación por los contratos que se han firmado”, señaló.

Según un informe del Ministerio de Hacienda, estos contratos fueron firmados en Cali, Barranquilla, Montería, Santa Marta, Fundación, Plato, Pereira y Malambo.

En el caso de Cali, el 31 de marzo de 2005 se firmó un contrato por 15 años con la Unión Temporal de Servicios de Impuestos de Cali para el cobro de los impuestos. Allí se reconoce una comisión del 2,8 por ciento sobre recaudos ordinarios y una adicional del 4,9 por ciento sobre recaudos adicionales en predial e industria y comercio.

Entre enero y junio de 2005 Cali recaudó 98.758 millones por predial; 12.124 millones por sobretasa ambiental y 81.486 millones por industria y comercio, y en total ha pagado comisiones por 5.393 millones de pesos.

Barranquilla viene firmando contratos desde el 2001 y en el año 2004 pagó por comisiones 4.299 millones y en el primer semestre de 2005 ha cancelado 3.267 millones de pesos.

Montería suscribió por 20 años el contrato el 24 de enero de 2005 y hasta junio del año en curso pagó comisiones por 816 millones de pesos.

Y en el caso de Santa Marta en el 2004 se pagaron 2.785 millones de pesos y en seis meses de 2005 van 1.474 millones de pesos.

¿Qué pasará con estos contratos? El Ministro de Hacienda dijo que “la ley no puede acabar los contratos, los que están firmados tienen que ser estudiados por la entidad territorial y cualquier evidencia que encuentren deberá ser sometida a la luz pública”.

Carrasquilla aclaró que se podrán tercerizar algunos servicios técnicos o científicos pues los municipios no cuentan con toda la infraestructura para modernizar los sistemas de cobro, pero reiteró queda prohibida la contratación de los recaudos de los tributos.

OTROS PUNTOS

El Ministro de Hacienda señaló que con este proyecto se conceden algunas facilidades a los morosos para que paguen o celebren acuerdos de pago.

“Yo considero que va a haber una recuperación importante de la cartera pública de tener un cuarto debate favorable”, indicó.

Según la Contaduría General de la Nación a las diversas entidades públicas les adeudan cerca de 15 billones de pesos entre empresas quebradas, contribuyentes ya fallecidos, pero no se conoce con certeza cuánto se podría recuperar, aunque en el presupuesto de 2006 fueron presupuestados unos 400 mil millones de pesos.

Entre los puntos principales del proyecto que pasa a último debate están:

- La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) no podrá embargar cuentas de ahorro con depósitos inferiores a 25 salarios mínimos, en procesos de cobro administrativos contra particulares.

En procesos de cobro contra personas jurídicas no habrá monto inembargable.

- Se darán facilidades de pago a los morosos que en seis meses posteriores a la aprobación de la ley paguen el 30 por ciento de la deuda y las sanciones.

- La tasa de interés moratorio para efectos tributarios será equivalente a la tasa de usura certificada por la Superintendencia Bancaria.

- Las entidades públicas que tengan que recaudar rentas a nivel nacional o territorial tienen jurisdicción coactiva para hacer efectivas las obligaciones.

- Las administradoras del régimen de prima media con prestación definida en pensiones (como el ISS y las cajas) mantienen la facultad de cobro coactivo.

- Los pagos que haga un moroso deberán imputarse al período e impuesto que diga el contribuyente.

- Se autoriza al Incoder a reestructurar los créditos de tierras, producción, maquinaria, agrícola, contribución por valorización y recuperación de inversión de los distritos de riego, que le adeuden los usuarios.

- También se autorizó al Incora en Liquidación y al Inat en liquidación a pasar a CISA la cartera por cobrar no recibida por el Incoder, con el fin de reestructurarla y habitarla.

- Se dan seis meses de plazo a las entidades territoriales para que paguen las deudas pendientes por servicios públicos con las empresas respectivas de servicios.

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