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Suscriben convenio bilateral

COLOMBIANOS QUE COTICEN EN ESPAÑA TENDRÁN DERECHO A PENSIÓN

Bogotá, 6 sep (SNE). - Colombia y España suscribieron este martes un convenio bilateral que beneficiará a los trabajadores que estén o hayan estado cotizando a los sistemas de seguridad social en los dos países, así como a sus familiares beneficiarios, sobrevivientes o a quienes se les traspasen los derechos.

El convenio fue suscrito por el ministro de Trabajo de España, Jesús Caldera Sánchez-Capitán, y el ministro de la Protección Social de Colombia, Diego Palacio Betancourt, durante una ceremonia que se llevó a cabo en la Escuela General Santander de Bogotá. El presidente Álvaro Uribe Vélez fue invitado de honor

El ministro Palacio Betancourt explicó que el convenio tendrá aplicabilidad dependiendo del país donde se encuentre el trabajador colombiano o español.

Para los trabajadores colombianos en España la pensión otorgada regirá de acuerdo con la legislación del Sistema Español de la Seguridad Social en materia de invalidez, vejez, muerte y supervivencia.

A los trabajadores que residen en Colombia se les aplicará la legislación de prestaciones económicas contenidas en el Sistema General de Pensiones (prima media con prestación definida y ahorro individual con solidaridad), relacionadas con las pensiones de vejez, invalidez y sobrevivientes.

Los trabajadores protegidos por los dos sistemas de seguridad social en pensiones, tendrán los mismos derechos y obligaciones establecidos para los trabajadores de cada país.

Las prestaciones económicas concedidas en virtud del convenio, no serán objeto de reducción, suspensión, extinción, descuentos y gravámenes.

El Ministro de la Protección Social señaló que la firma del acuerdo es importante, ya que ayudará al fortalecimiento de la relaciones con España y permitirá intercambiar conceptos en materia de seguridad social, que conlleven al mejoramiento de los sistemas pensionales, para optimizar la calidad de vida de la población de los dos países.

Indicó que el documento suscrito se aplicará a las leyes y reglamentos que en el futuro complementen o modifiquen las disposiciones legales vigentes en cada país.

Una vez sea suscrito el convenio, deberá ser presentado al Poder Legislativo para su aprobación y posterior revisión por parte de la Corte Constitucional. Cuando la Corte emita el concepto de exequibilidad la Rama Ejecutiva procederá a ratificarlo.

Para su aplicación, además de la aprobación por parte del Legislativo, es necesario la suscripción de un acuerdo administrativo que lo ‘operativice’, toda vez que el acuerdo puede demorarse un tiempo en comenzar a funcionar.

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