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Mineducación regula las tarifas a través de la resolución 4170

MATRÍCULAS Y PENSIONES EN COLEGIOS PRIVADOS NO PODRÁN SUPERAR META DE INFLACIÓN

  • Si la institución ofrece educación de calidad podrá incrementar su tarifa en un punto y medio por encima de la meta

Bogotá, 22 sep (SNE).- Las tarifas para las matrículas y pensiones el próximo año en los colegios privados que estén bajo el régimen controlado, no podrán superar la meta de inflación que fije el Banco de la República para el 2006.

Así lo reglamentó el Gobierno Nacional a través de la resolución 4170 del ministerio de Educación Nacional y cobija a todos aquellos colegios privados que cuentan con puntajes bajos emitidos por las secretarias de educación de cada departamento.

Los colegios de libertad regulada y vigilada, que tienen altos puntajes en su autoevaluación, podrán incrementar las tarifas hasta en un punto y medio adicional, respecto a la meta de inflación.

La clasificación de las instituciones privadas para la regulación de las tarifas, es el resultado de una autoevaluación que tiene en cuenta calidad de los procesos educativos y los recursos materiales usados para desarrollar su labor de formación.

La viceministra de Educación Nacional, Juana Inés Díaz Tafur, dijo que “ese 1.5 adicional a los establecimientos de libertad regulada y vigilada es un incentivo a las instituciones para que eleven su calidad”.

La veeduría para que los colegios no abusen con las tarifas la realizan los mismos padres de familia, de acuerdo a lo que la institución educativa les pueda ofrecer.

Por su parte la ministra de Educación Cecilia María Vélez afirmó que “más que una alza en las matrículas es un control a las alzas a las tarifas que cobran estas instituciones”.

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