Enero

Febrero

Marzo

Abril

Mayo

Junio

Julio

Agosto

Septiembre

Octubre

Noviembre

Diciembre

 
 
 
Año 2002 | 2003 | 2004 | 2005 | 2006 | 2007
5
6
15
22
29
31
4 de Abril

DE 30 A 10 REDUCEN LOS DÍAS PARA DEVOLUCIONES DE IMPUESTO A LAS VENTAS

Bogotá, 4 abr (SNE). El Gobierno Nacional, a través del Ministerio de Hacienda, redujo de 30 a 10 días hábiles el tiempo durante el cual se tienen que hacer la devolución de los saldos a favor de los exportadores en el impuesto a las ventas.

Así lo ordenó el decreto 1075 del 3 de abril, firmado por el presidente Álvaro Uribe Vélez y el ministro de Hacienda, Óscar Iván Zuluaga.

Señala que para las solicitudes de devolución que radiquen los exportadores hasta el 31 de diciembre de 2007, el término para esa devolución será de 10 días hábiles contados a partir de la radicación de la solicitud.

El decreto aclara que esa disminución en el tiempo para efectuar las devoluciones no se aplicará en tres casos:

- Para los responsables que teniendo la calidad de exportadores, no hayan realizado operaciones de venta al exterior durante el último año.

- Para los exportadores que hayan sido objeto de un proceso de fiscalización que cuestione la procedencia de la devolución en más de un 10 por ciento del valor total de la misma.

- Para los exportadores que soliciten la devolución de saldos a favor por primera vez.

Imprimir

Linea de Quejas y Reclamos 01800-913666

© 2003 PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA