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02 de Enero

DIRECTIVA PRESIDENCIAL PARA REGLAMENTAR CÓDIGO DE LA INFANCIA

Bogotá, 2 ene (SNE). – El presidente de la República, Álvaro Uribe Vélez ordenó a las diferentes entidades gubernamentales coordinar y preparar las actividades que permitan poner en marcha, en mayo próximo, el Código de la Infancia y la Adolescencia.

A través de la Directiva Presidencial número 5, el Jefe del Estado asignó al Departamento Nacional de Planeación, en colaboración estrecha con el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, la coordinación de las “reformas administrativas que deberán efectuarse en la Rama Ejecutiva del orden nacional para armonizar la organización de sus entidades y organismos con los requerimientos del Código de la Infancia”.

De la misma forma, el ICBF tendrá a su cargo las reglamentaciones necesarias para la implementación de la nueva Ley “asegurando la coherencia conceptual y procedimiental de su desarrollo normativo, así como su oportuna divulgación”.

En cuanto a la ejecución del Código, establecido en la Ley 1098 de 2006, la Directiva plantea que debe estar a cargo del Ministerio de Hacienda, el Ministerio de Protección Social, Planeación Nacional y el Departamento Administrativo de la Función Pública, con el apoyo de la Vicepresidencia de la República y la Secretaria Jurídica de la Presidencia.

La divulgación al interior de los Ministerios y Departamentos Administrativos; será función del grupo de trabajo que conforme con miembros de cada entidad; así mismo deberán presentar antes del 1 de marzo del presente año tanto al DNP como al ICBF un informe de los proyectos y avances en cuanto a reformas y propuestas para la pronta reglamentación de la Ley.

La Directiva Presidencial recuerda que “la protección integral de los menores de edad, recogida por la Convención Internacional de los Derechos del Niño de 1991, ratificada por el Estado colombiano mediante la Ley 12 de ese año y consagrada en la Constitución Política, es el fundamento filosófico del Nuevo Código de la Infancia y la Adolescencia”.

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