DIRECTIVA PRESIDENCIAL PARA REGLAMENTAR CÓDIGO
DE LA INFANCIA
Bogotá, 2 ene (SNE). – El presidente de la República, Álvaro
Uribe Vélez ordenó a las diferentes entidades gubernamentales
coordinar y preparar las actividades que permitan poner en marcha,
en mayo próximo, el Código de la Infancia y la
Adolescencia.
A través de la Directiva Presidencial número 5,
el Jefe del Estado asignó al Departamento Nacional de
Planeación, en colaboración estrecha con el Instituto
Colombiano de Bienestar Familiar, la coordinación de las “reformas
administrativas que deberán efectuarse en la Rama Ejecutiva
del orden nacional para armonizar la organización de sus
entidades y organismos con los requerimientos del Código
de la Infancia”.
De la misma forma, el ICBF tendrá a su cargo las reglamentaciones
necesarias para la implementación de la nueva Ley “asegurando
la coherencia conceptual y procedimiental de su desarrollo normativo,
así como su oportuna divulgación”.
En cuanto a la ejecución del Código, establecido
en la Ley 1098 de 2006, la Directiva plantea que debe estar a
cargo del Ministerio de Hacienda, el Ministerio de Protección
Social, Planeación Nacional y el Departamento Administrativo
de la Función Pública, con el apoyo de la Vicepresidencia
de la República y la Secretaria Jurídica de la
Presidencia.
La divulgación al interior de los Ministerios y Departamentos
Administrativos; será función del grupo de trabajo
que conforme con miembros de cada entidad; así mismo deberán
presentar antes del 1 de marzo del presente año tanto
al DNP como al ICBF un informe de los proyectos y avances en
cuanto a reformas y propuestas para la pronta reglamentación
de la Ley.
La Directiva Presidencial recuerda que “la protección
integral de los menores de edad, recogida por la Convención
Internacional de los Derechos del Niño de 1991, ratificada
por el Estado colombiano mediante la Ley 12 de ese año
y consagrada en la Constitución Política, es el
fundamento filosófico del Nuevo Código de la Infancia
y la Adolescencia”.