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03 de Enero

Se fijaron topes máximos pero no quiere decir que todas suban automáticamente

“NO HABRÁ DISPARO EN TASAS DE INTERÉS”: SUPERFINANCIERO

Bogotá, 3 ene. (SNE).- La medida de la Superintendencia Financiera a través de la cual se fijaron topes máximos de tasas de interés que pueden cobrar los intermediarios financieros, no implica que las actuales tasas que se cobran en créditos de consumo, comerciales, hipotecarios o microcréditos, se vayan a disparar.

El superintendente financiero, Augusto Acosta Torres, no descartó que algunas tasas de interés vayan a subir pero recordó que eso lo determina la libre competencia entre los establecimientos financieros y que desde mayo de 2002 están bajando las tasas de interés.

“No creo que haya disparada de tasas de interés. No creo porque las condiciones de la economía y las condiciones de la competencia entre las distintas entidades bancarias, a lo que ha conducido es a una disminución en las tasas de interés y esto es por la competencia no por topes”, explicó.

Agregó que si un cliente ve que su banco o entidad financiera le va a subir los intereses, tiene la libertad para irse a otro banco pues para eso hay libre competencia.

También advirtió que esta medida de fijar las tasas de interés bancarias corrientes y tasas de usura para los créditos de consumo, comerciales y microcréditos, no se podrá aplicar a los créditos existentes, ya pactados y acordados durante los años pasados.

En el caso de las tarjetas de crédito podrían subir los intereses ya que se trata de créditos rotativos, pero en este caso el cliente también tiene la posibilidad de elegir otro banco y otra tarjeta de crédito

Acosta Torres recordó que en la página web de la Superintendencia Financiera (www.superfinanciera.gov.co) existe una sección donde cualquier persona puede buscar las tasas de interés que están cobrando todos los intermediarios financieros por sus servicios, con el fin de que el usuario escoja los más baratos.

LA MEDIDA

Con base en el decreto 4090 del 20 de noviembre de 2006 del Ministerio de Hacienda, donde se establecieron tres modalidades de crédito -comercial, de consumo y microcrédito- y tres tipos de interés tanto corriente como de usura, la Superintendencia Financiera expidió el pasado 29 de diciembre la resolución 2441.

El crédito comercial es el otorgado a las personas naturales o jurídicas para el desarrollo de sus actividades económicas. En este caso el interés corriente máximo que se puede cobrar es del 11,07 por ciento, y el de usura del 16,61 por ciento.

El crédito de consumo es el concedido a personas naturales para financiar compra de bienes de consumo o pago de servicios para fines no comerciales. El tope máximo de interés corriente para este crédito es del 20,68 por ciento y el de usura del 31,02 por ciento.

El microcrédito es de máximo 25 salarios mínimos mensuales (10,8 millones de pesos) y es el otorgado a microempresas. El tope del interés corriente es del 21,39 por ciento y el de usura del 32,09 por ciento.

NO AL GOTA A GOTA

El Superintendente Financiero explicó que con esta medida se trata de que los usuarios no tengan que recurrir a los créditos gota a gota, a los agiotistas que cobran intereses altísimos, sino que conozcan los topes máximos y seleccionen a donde pedir los préstamos.

Para esto se fijaron las tres modalidades de crédito y los intereses máximos y que en los nuevos créditos se soliciten al sector bancario formal y no al informal.

Además con el sistema de Banca de las Oportunidades –lanzada por el presidente Álvaro Uribe el pasado 22 de noviembre- los ciudadanos de los municipios más alejados podrán disponer de Corresponsales No Bancarios.

Se autorizó a los bancos a abrir oficinas de acuerdo con los dueños de supermercados, farmacias, iglesias, oficinas de correo, para que presten servicios como consignaciones, retiros, solicitud de préstamos y los ciudadanos no tengan que desplazarse hasta los municipios más cercanos a sucursales bancarias formales.

Allí los créditos serán rápidos, sin fiadores y sin tantos trámites que se hacen en las oficinas bancarias normales, pues estarán acompañados por oficinas privadas y públicas, como el SENA, que los asesorará.

“Estamos buscando mayor facilidad de acceso por la vía de los Corresponsales No Bancarios, sin los costos plenos que implica tener una sucursal bancaria completa”, agregó el señor Acosta Torres.

Además, en la ley tributaria Ley 1111 de 2006, las cuentas de ahorro con movimientos menores a 7 millones de pesos mensuales, estarán exentas del impuesto del 4 Por Mil.

Así mismo en el caso del microcrédito como se trata de préstamos pequeños cuyos costos de manejo son más altos que los de los créditos grandes, tengan una compensación de esos mayores costos en materia de tasa de interés.

“Lo que estamos haciendo no es algo que vaya contra los usuarios pequeños de crédito, sino por el contrario, que haya mucha mayor facilidad de acceso de parte de sectores que hasta el momento no lo han tenido”, concluyó.

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