Se fijaron topes máximos pero no quiere
decir que todas suban automáticamente
“NO HABRÁ DISPARO EN TASAS DE INTERÉS”:
SUPERFINANCIERO
Bogotá, 3 ene. (SNE).- La medida de la Superintendencia
Financiera a través de la cual se fijaron topes máximos
de tasas de interés que pueden cobrar los intermediarios
financieros, no implica que las actuales tasas que se cobran
en créditos de consumo, comerciales, hipotecarios o microcréditos,
se vayan a disparar.
El superintendente financiero, Augusto Acosta Torres, no descartó que
algunas tasas de interés vayan a subir pero recordó que
eso lo determina la libre competencia entre los establecimientos
financieros y que desde mayo de 2002 están bajando las
tasas de interés.
“No creo que haya disparada de tasas de interés.
No creo porque las condiciones de la economía y las condiciones
de la competencia entre las distintas entidades bancarias, a
lo que ha conducido es a una disminución en las tasas
de interés y esto es por la competencia no por topes”,
explicó.
Agregó que si un cliente ve que su banco o entidad financiera
le va a subir los intereses, tiene la libertad para irse a otro
banco pues para eso hay libre competencia.
También advirtió que esta medida de fijar las
tasas de interés bancarias corrientes y tasas de usura
para los créditos de consumo, comerciales y microcréditos,
no se podrá aplicar a los créditos existentes,
ya pactados y acordados durante los años pasados.
En el caso de las tarjetas de crédito podrían
subir los intereses ya que se trata de créditos rotativos,
pero en este caso el cliente también tiene la posibilidad
de elegir otro banco y otra tarjeta de crédito
Acosta Torres recordó que en la página web de
la Superintendencia Financiera (www.superfinanciera.gov.co) existe
una sección donde cualquier persona puede buscar las tasas
de interés que están cobrando todos los intermediarios
financieros por sus servicios, con el fin de que el usuario escoja
los más baratos.
LA MEDIDA
Con base en el decreto 4090 del 20 de noviembre de 2006 del
Ministerio de Hacienda, donde se establecieron tres modalidades
de crédito -comercial, de consumo y microcrédito-
y tres tipos de interés tanto corriente como de usura,
la Superintendencia Financiera expidió el pasado 29 de
diciembre la resolución 2441.
El crédito comercial es el otorgado a las personas naturales
o jurídicas para el desarrollo de sus actividades económicas.
En este caso el interés corriente máximo que se
puede cobrar es del 11,07 por ciento, y el de usura del 16,61
por ciento.
El crédito de consumo es el concedido a personas naturales
para financiar compra de bienes de consumo o pago de servicios
para fines no comerciales. El tope máximo de interés
corriente para este crédito es del 20,68 por ciento y
el de usura del 31,02 por ciento.
El microcrédito es de máximo 25 salarios mínimos
mensuales (10,8 millones de pesos) y es el otorgado a microempresas.
El tope del interés corriente es del 21,39 por ciento
y el de usura del 32,09 por ciento.
NO AL GOTA A GOTA
El Superintendente Financiero explicó que con esta medida
se trata de que los usuarios no tengan que recurrir a los créditos
gota a gota, a los agiotistas que cobran intereses altísimos,
sino que conozcan los topes máximos y seleccionen a donde
pedir los préstamos.
Para esto se fijaron las tres modalidades de crédito
y los intereses máximos y que en los nuevos créditos
se soliciten al sector bancario formal y no al informal.
Además con el sistema de Banca de las Oportunidades –lanzada
por el presidente Álvaro Uribe el pasado 22 de noviembre-
los ciudadanos de los municipios más alejados podrán
disponer de Corresponsales No Bancarios.
Se autorizó a los bancos a abrir oficinas de acuerdo
con los dueños de supermercados, farmacias, iglesias,
oficinas de correo, para que presten servicios como consignaciones,
retiros, solicitud de préstamos y los ciudadanos no tengan
que desplazarse hasta los municipios más cercanos a sucursales
bancarias formales.
Allí los créditos serán rápidos,
sin fiadores y sin tantos trámites que se hacen en las
oficinas bancarias normales, pues estarán acompañados
por oficinas privadas y públicas, como el SENA, que los
asesorará.
“Estamos buscando mayor facilidad de acceso por la vía
de los Corresponsales No Bancarios, sin los costos plenos que
implica tener una sucursal bancaria completa”, agregó el
señor Acosta Torres.
Además, en la ley tributaria Ley 1111 de 2006, las cuentas
de ahorro con movimientos menores a 7 millones de pesos mensuales,
estarán exentas del impuesto del 4 Por Mil.
Así mismo en el caso del microcrédito como se
trata de préstamos pequeños cuyos costos de manejo
son más altos que los de los créditos grandes,
tengan una compensación de esos mayores costos en materia
de tasa de interés.
“Lo que estamos haciendo no es algo que vaya contra los
usuarios pequeños de crédito, sino por el contrario,
que haya mucha mayor facilidad de acceso de parte de sectores
que hasta el momento no lo han tenido”, concluyó.