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05 de Enero

Según la calidad educativa, aumentos no pueden sobrepasar el 4% y el 5,5%

FIJAN TOPES MÁXIMOS PARA MATRÍCULAS EN COLEGIOS PRIVADOS

Bogotá, 5 ene. (SNE). - Los colegios privados clasificados dentro del régimen controlado no podrán incrementar este año el costo de las matrículas y pensiones por encima del 4 por ciento. En tanto que aquellos colegios que impartan una educación de intermedia y alta calidad sólo podrán aumentar estas tarifas hasta el 5,5 por ciento.

Así lo establece el Ministerio de Educación a través de la Resolución 6033 de octubre de 2006, que regula el incremento de tarifas en los colegios privados, de acuerdo con su clasificación: régimen controlado, régimen de libertad vigilada y régimen de libertad regulada.

“El incremento fue en general de 4 por ciento para los costos de matrícula y pensión. Los colegios que tengan resultados en calidad de libertad vigilada y regulada pueden incrementar hasta un punto y medio adicional en las tarifas”, explicó la viceministra de Educación Básica y Media, Juana Inés Díaz Tafur.

La tarifa para los estudiantes que ingresen al primer año que ofrece el establecimiento educativo, será fijada por la Secretaría de Educación de la entidad territorial certificada.

CLASIFICACIÓN

Los centros educativos de régimen controlado son aquellos que presentan los menores puntajes en una autoevaluación institucional. Estos no pueden aumentar las tarifas más allá del 4 por ciento.

Los colegios de libertad vigilada son los que tienen puntajes intermedios en su evaluación, y los de libertad regulada son los que presentan los mayores puntajes y que se han acreditado con un modelo de gestión de calidad reconocido. Para estos colegios se aplica un tope máximo de aumento de matrículas y pensiones del 5,5 por ciento.

Dicha clasificación es el resultado de una autoevaluación que toma en cuenta la calidad de los procesos educativos y los recursos de que disponga el colegio, así como los materiales usados para desarrollar la labor de formación.

Los padres interesados en saber cómo se autoevalúa un colegio y cuáles son los rangos de costos que pueden cobrar, pueden ingresar a la “Guía número 4” de la página de Internet: http://www.mineducacion.gov.co/1621/propertyvalue-31534.html.

Según la Viceministra Díaz Tafur, en caso de que los padres sientan vulnerados sus derechos pueden dirigirse a la respectiva Secretaría de Educación, para que el tema sea asumido a través de las oficinas de inspección y vigilancia.

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