Según los modelos anteriores y posteriores
a 1994
AMPLÍAN FECHAS PARA LA REVISIÓN
TÉCNICO MECÁNICA DE VEHÍCULOS PARTICULARES
Bogotá, 9 ene. (SNE).- Dependiendo del modelo y del último
número de la placa del vehículo, quedaron establecidas
las nuevas fechas para la revisión unificada técnico
mecánica y de gases obligatoria para todos los vehículos
particulares en el país.
Los cambios fueron revelados por el ministro del Transporte,
Andrés Uriel Gallego, quien señaló que el
objetivo del Gobierno es proteger la vida de los conductores
y de los ciudadanos, y que por eso se decidió aplicar
esta revisión que fue ordenada desde el año 2002
por la Ley 769 o Código Nacional de Tránsito.
El funcionario aceptó que se cometieron algunos errores
con las primeras fechas anunciadas, pero dijo que la medida se
tiene que cumplir a pesar de los inconvenientes presentados por
el poco número de los Centros de Diagnóstico Automotor
(CDA) en las principales ciudades.
Gallego Henao volvió a aclarar que no habrá sanción
en materia de tránsito por vencimiento de los certificados
de gases, hasta que venzan los nuevos plazos señalados,
pero advirtió que es obligatorio mantener los vehículos
en las condiciones mínimas requeridas de preservación
del medio ambiente.
Reveló que en las ciudades y departamentos donde al 1° de
mayo de 2007 no haya Centros de Diagnóstico, se variarán
los plazos, e incluso en las ciudades donde no haya iniciativa
privada para montar los CDA, el Gobierno colaborará como
promotor con el sector privado.
FECHAS PARA VEHÍCULOS
Para los vehículos modelo 1994 y anteriores cuya placa
termine en cero, el plazo vence en junio de 2007.
Los que la placa termine en 1, vencerá en agosto; los
automotores cuya placa culmine en 2, el plazo máximo vence
en septiembre.
Los carros cuya placa culmine en 3, el plazo es octubre; los
que terminen en 4, el plazo es noviembre; los vehículos
con placa terminada en 5, el plazo es diciembre de 2007.
Los vehículos modelos anteriores a 1994 cuya placa termine
en 6, el plazo es de febrero de 2008; los que terminen en 7,
la fecha máxima vence en marzo de 2008.
Los vehículos con placa terminada en 8, el plazo es abril;
los de placa 9 culmina en abril de 2008; y los terminados en
9, la fecha vence en mayo de 2008.
En el caso de los automóviles modelos 1995 al año
2005 y cuya placa termine en 0 y 1, el plazo vence en agosto
de 2008; para los carros con placa en 2 y 3, la fecha es en septiembre.
Los automotores con placa finalizada en los números 4
y 5, el plazo vence en octubre de 2008; los de placa 6 y 7, vence
en noviembre y los de placa 8 y 9, se cumple en diciembre de
2008.
Para los vehículos particulares de modelo 2006 y posteriores
la revisión técnico mecánica se exigirá a
partir del año 2009.
FECHAS PARA MOTOS
Si la placa de la motocicleta empieza en 0, el plazo máximo
vence en junio de 2008.
Si empieza en 1, la fecha de vencimiento es en agosto; si empieza
en 2, vence en septiembre; si inicia en tres, en octubre; si
empieza en 4, en noviembre y si inicia en 5, en diciembre de
2008.
Para las motocicletas con placa que inicia en 6 la revisión
técnico mecánica y de gases vence en febrero de
2009, para los de placa 7, en marzo de 2009; para los de placa
en 8, vence en abril; y para los de placa que inicia en 9, la
fecha vence en mayo de 2009.
Los propietarios de vehículos y de motocicletas que no
hagan la revisión unificada técnico mecánica
y de gases en las fechas anunciadas, será sancionados
con 15 salarios mínimos diarios.
La revisión técnico mecánica de los automotores
de servicio público, se seguirá haciendo normalmente.