Enero

Febrero

Marzo

Abril

Mayo

Junio

Julio

Agosto

Septiembre

Octubre

Noviembre

Diciembre

 
 
 
Año 2002 | 2003 | 2004 | 2005 | 2006 | 2007
6
7
8
13
14
21
28
12 de Enero

Publicada una guía para que lo presenten antes del 24 de febrero

PLAZO PARA QUE COMERCIALIZADORES DE LECHE PRESENTEN PLAN DE RECONVERSIÓN

Bogotá, 12 ene. (SNE).- Los comercializadores de leche cruda y leche cruda enfriada que no han diseñado el Plan de Reconversión de esta actividad pueden encontrar en el sitio Web http://www.minagricultura.gov.co la Guía Técnica para que lo presenten, para lo cual tienen plazo hasta el próximo 24 de febrero.

Este plan que promueve el aseguramiento de la calidad de la leche, garantiza su inocuidad y preserva la salud pública del consumidor tiene que ser presentado ante las alcaldías municipales en donde el comercializador ejerce su actividad antes de esta fecha.

El año anterior se expidió un decreto mediante el cual a partir de agosto del año anterior se prohibía la venta de leche cruda, plazo que se prorrogó dos años más en vista de la proliferación que tiene esta práctica en todo el país.

A pesar de este nuevo plazo los comercializadores deben empezar a diseñar sus planes, para elevar la calidad de este producto a través de distintos procesos.

En este plan debe ir especificado como va ser el nuevo proceso de comercialización, atendiendo las normas contempladas en el Decreto 616 de febrero de 2006, la compra de equipos, el cronograma para cumplir el proceso, entre otros puntos.

Este plan es remitido por parte de las alcaldías a las secretarías de salud territorial para que sea evaluada su viabilidad.

La Secretaría de Agricultura solicitará a las alcaldías municipales de su departamento, un informe mensual consolidado del proceso de radicación, remisión, aprobación y comunicación de los planes de reconversión presentados por los comercializadores de leche cruda y leche cruda enfriada.

Imprimir

Linea de Quejas y Reclamos 01800-913666

© 2003 PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA