Enero

Febrero

Marzo

Abril

Mayo

Junio

Julio

Agosto

Septiembre

Octubre

Noviembre

Diciembre

 
 
 
Año 2002 | 2003 | 2004 | 2005 | 2006 | 2007
6
7
8
13
14
21
28
15 de Enero

Por decisión de la Superintendencia Financiera, desde el 1° de enero

SUBEN PATRIMONIO MÍNIMO PARA FUNCIONAMIENTO DE CASAS DE CAMBIO

Bogotá, 15 ene. (SNE).- La Superintendencia Financiera elevó en un 4.48 por ciento el monto del patrimonio mínimo que tienen que tener las casas de cambio para poder funcionar.

Este nuevo monto de capital, que será de 5.399 millones de pesos, comenzó a ser exigido desde el pasado 1° de enero.

La medida fue adoptada por medio de la Circular Externa 02 de 2007 fechada el pasado 10 de enero y firmada por la Superintendente delegada para intermediarios de valores y otros agentes, Elizabeth Lamk Nieto.

La circular señala que el monto del patrimonio exigido a las casas de cambio para obtener el certificado de autorización por parte de la Superintendencia Financiera, tiene que ser reajustado anualmente con base en el Índice de Precios al Consumidor (IPC), suministrado por el Departamento Nacional de Estadísticas (DANE).

Ese monto de capital debe ser cumplido de manera permanente por las casas de cambio autorizadas y en funcionamiento y para su cálculo se deben tomar en cuenta las indicaciones del Banco de la República.

Como el DANE informó que en el año 2006 la tasa de inflación registrada en Colombia fue del 4.48 por ciento, en ese porcentaje se decidió incrementar el monto de patrimonio mínimo que tienen que tener las casas de cambio para poder operar a partir del 1° de enero de 2007.

Imprimir

Linea de Quejas y Reclamos 01800-913666

© 2003 PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA