Minprotección solicita a
Supersalud dar instrucciones claras a EPS sobre el tema
EPS ESTÁN OBLIGADAS A RECIBIR PACIENTES
DEL ISS
Bogotá, 18 ene. (SNE). Las EPS privadas están
obligadas, legalmente, a afiliar a usuarios enfermos del Seguro
Social que decidan trasladarse y cumplan con los requisitos para
ello, advirtió el ministro de la Protección Social,
Diego Palacio Betancourt.
En este sentido, el Ministro envió una carta a la Superintendencia
de Salud, solicitándole dar instrucciones claras a las
EPS sobre el tema.
“Acabo de enviarle una carta al Superintendente Nacional
de Salud (José Renán Trujillo), donde le estoy
solicitando que tomemos la medidas necesarias para poder garantizar
el cumplimiento de los derechos de los afiliados al sistema de
seguridad social en salud”, explicó Palacio Betancourt.
“Soy consciente de que hay una regulación claramente
establecida dentro de la regulación colombiana y dentro
del sistema colombiano, que hay que cumplir. Acá no es
si se quiere o no se quiere cumplir, sino que hay que cumplir”,
aseguró.
El Ministro invitó a las EPS privadas –agremiadas
en la Asociación Colombianade Empresas de Medicina Integral
(Acemi)– a aportar su grano de arena y trabajar proactivamente
dentro del proceso de reforma del Instituto de los Seguros Sociales.
“Yo invito al resto de EPS, a través del gremio
de Acemi, a que sean proactivos y trabajen en beneficio de este
proceso. Uno no puede limitar la discusión a que si dan
pérdidas o dan ganancias. Acá tiene que ser la
calidad y la oportunidad de la atención. Yo invito a que
piensen también en la calidad, en la oportunidad y en
la necesidad de que en este proceso todos estemos trabajando
coordinados”, dijo el Ministro.
“Tampoco les voy a pedir que tomen medidas irresponsables,
pero sí que cumplan lo que actualmente está escrito
en la reglamentación. Que lo cumplan y que lo cumplan
oportunamente, sin poner trabas en ese proceso de libre movilidad
que hay”, agregó.
El funcionario insistió en la obligación legal
de garantizar la libre movilidad de los afiliados a salud y recordó que
la Ley 1122 de 2007 establece un marco de sanciones para los
actores del sistema que no garanticen la movilidad de los usuarios.
“Sé que existen enormes facultades entregadas
por la nueva Ley para que la Superintendencia pueda sancionar
a aquellos actores del sistema que, en un momento dado, no estén
cumpliendo con garantizar los derechos de los usuarios”,
dijo.
En este mismo sentido se pronunció el presidente del
ISS, Gilberto Quinche Toro, quien manifestó: “hay
que cumplir las normas y eso está claramente reglamentado.
De modo que lo que hay que hacer es acudir a que cada una de
las acciones esté enmarcada dentro de lo que debe ser
la movilidad del sistema”.
Quinche Toro recordó que, según la reglamentación
vigente, “cualquier persona se puede trasladar (de EPS),
en cualquier momento, siempre y cuando lleve un año de
cotización y esté al día en sus aportes”.
Además, si el usuario tiene una enfermedad y está hospitalizado,
puede trasladarse una vez termine la hospitalización,
obviamente estando al día en sus aportes.
Si la persona padece una enfermedad de alto costo, puede trasladarse
de EPS, pero para ello la Supersalud debe certificar previamente
que dicha persona ha sido mal atendida y recibido un inadecuado
servicio de salud.