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18 de Enero

Minprotección solicita a Supersalud dar instrucciones claras a EPS sobre el tema

EPS ESTÁN OBLIGADAS A RECIBIR PACIENTES DEL ISS

Bogotá, 18 ene. (SNE). Las EPS privadas están obligadas, legalmente, a afiliar a usuarios enfermos del Seguro Social que decidan trasladarse y cumplan con los requisitos para ello, advirtió el ministro de la Protección Social, Diego Palacio Betancourt.

En este sentido, el Ministro envió una carta a la Superintendencia de Salud, solicitándole dar instrucciones claras a las EPS sobre el tema.

“Acabo de enviarle una carta al Superintendente Nacional de Salud (José Renán Trujillo), donde le estoy solicitando que tomemos la medidas necesarias para poder garantizar el cumplimiento de los derechos de los afiliados al sistema de seguridad social en salud”, explicó Palacio Betancourt.

“Soy consciente de que hay una regulación claramente establecida dentro de la regulación colombiana y dentro del sistema colombiano, que hay que cumplir. Acá no es si se quiere o no se quiere cumplir, sino que hay que cumplir”, aseguró.

El Ministro invitó a las EPS privadas –agremiadas en la Asociación Colombianade Empresas de Medicina Integral (Acemi)– a aportar su grano de arena y trabajar proactivamente dentro del proceso de reforma del Instituto de los Seguros Sociales.

“Yo invito al resto de EPS, a través del gremio de Acemi, a que sean proactivos y trabajen en beneficio de este proceso. Uno no puede limitar la discusión a que si dan pérdidas o dan ganancias. Acá tiene que ser la calidad y la oportunidad de la atención. Yo invito a que piensen también en la calidad, en la oportunidad y en la necesidad de que en este proceso todos estemos trabajando coordinados”, dijo el Ministro.

“Tampoco les voy a pedir que tomen medidas irresponsables, pero sí que cumplan lo que actualmente está escrito en la reglamentación. Que lo cumplan y que lo cumplan oportunamente, sin poner trabas en ese proceso de libre movilidad que hay”, agregó.

El funcionario insistió en la obligación legal de garantizar la libre movilidad de los afiliados a salud y recordó que la Ley 1122 de 2007 establece un marco de sanciones para los actores del sistema que no garanticen la movilidad de los usuarios.

“Sé que existen enormes facultades entregadas por la nueva Ley para que la Superintendencia pueda sancionar a aquellos actores del sistema que, en un momento dado, no estén cumpliendo con garantizar los derechos de los usuarios”, dijo.

En este mismo sentido se pronunció el presidente del ISS, Gilberto Quinche Toro, quien manifestó: “hay que cumplir las normas y eso está claramente reglamentado. De modo que lo que hay que hacer es acudir a que cada una de las acciones esté enmarcada dentro de lo que debe ser la movilidad del sistema”.

Quinche Toro recordó que, según la reglamentación vigente, “cualquier persona se puede trasladar (de EPS), en cualquier momento, siempre y cuando lleve un año de cotización y esté al día en sus aportes”.

Además, si el usuario tiene una enfermedad y está hospitalizado, puede trasladarse una vez termine la hospitalización, obviamente estando al día en sus aportes.

Si la persona padece una enfermedad de alto costo, puede trasladarse de EPS, pero para ello la Supersalud debe certificar previamente que dicha persona ha sido mal atendida y recibido un inadecuado servicio de salud.

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