ABC DEL INCENTIVO A LA CAPITALIZACIÓN
RURAL
Bogotá, 2 feb. (SNE).- El Incentivo a la Capitalización
Rural (ICR) es un aporte en dinero que realiza el Fondo para
el Financiamiento del Sector Agropecuario (Finagro) a productores
del sector agropecuario que se encuentren desarrollando un proyecto
de inversión nueva,para que modernicen su actividad y
mejoren sus condiciones de productividad, competitividad y sostenibilidad
y reduzcan riesgos.
Los recursos para este beneficio económico provienen
del presupuesto nacional y se otorgan a manera de un abono al
saldo del crédito que haya contraído el productor
para financiar las actividades de inversión objeto del
incentivo.
Con el programa Agro Ingreso Seguro (AIS), se seguirá condonando
el 40 por ciento de la deuda de los pequeños productores,
y para los medianos y grandes este porcentaje será del
20 por ciento en la mayoría de campos de aplicación
del ICR.
Para preservar el sentido de equidad del programa, el Ministerio
de Agricultura garantizará que no menos del 40 por ciento
de los recursos destinados a ICR, vayan dirigidos a pequeños
productores.
¿A quién está dirigido el ICR?
El Incentivo a la Capitalización Rural está dirigido
a las personas naturales y jurídicas que desarrollen proyectos
de inversión nuevos en el sector agropecuario, en predios
propios o arrendados o en usufructo.
Cuando se cuente con un contrato de arrendamiento o usufructo
debidamente registrado, en ambos casos con un término
no inferior al plazo del crédito respectivo.
Cuando se cuente con la posesión del inmueble, caso
en el que se exigirá un certificado que acredite la tenencia
o la posesión, expedido por la autoridad competente, junto
con 2 declaraciones extrajuicio rendidas por terceros ajenos
al productor, con las que se acredite la posesión del
inmueble.
Para los proyectos ejecutados en predios adjudicados a comunidades
indígenas o a comunidades negras, se debe presentar el
certificado de tradición y libertad del predio o la resolución
de adjudicación del Incoder o el antiguo Incora.
Los ejecutados en predios propiedad del cónyuge o compañero
del solicitante, requiriéndose demostrar mediante certificado
de tradición y libertad la propiedad, y demostrar la vigencia
de la sociedad conyugal.
¿Qué requisitos hay que cumplir?
Tener un crédito aprobado con recursos procedentes de
redescuentos en Finagro.
El proyecto debe haber sido financiado con los recursos procedentes
de este crédito en una proporción no inferior al
40 por ciento del costo total.
Informar al intermediario financiero, en el momento de presentar
la solicitud del crédito, la intención de utilizar
el Incentivo de Capitalización Rural.
El crédito debe ser nuevo, así como las inversiones
sujetas del incentivo.
La inversión no debe contar con otro subsidio directo
concedido por el Estado, excepto los dispuestos a través
de tasas de interés preferenciales y los que hayan sido
otorgados a pequeños productores.
La antigüedad del gasto no podrá ser mayor a 180
días calendario con anterioridad a la fecha de redescuento
del crédito respectivo (para establecimiento de cultivos
de tardío rendimiento, en la etapa de previvero y vivero
la antigüedad del gasto podrá ser hasta de un año).
Los beneficiarios del ICR tienen derecho a presentar una nueva
solicitud un año después de la fecha de otorgamiento
del anterior.
Es necesario conservar las facturas legales y los contratos
de obra con sus actas de liquidación, los cuales serán
soporte para la liquidación del respectivo porcentaje
del ICR y tomar fotografías de las inversiones que se
están realizando.
¿Cómo se accede a este incentivo?
Para acceder al ICR los productores se pueden acercar al Banco
Agrario y solicitar las líneas de crédito vía
Finagro. Estas entidades están articuladas para recibir
las solicitudes.
La información detallada para ser beneficiario de Agro
Ingreso Seguro está publicada en el sitio web www.ais.gov.co.
También puede ser solicitada a través de la línea
nacional gratuita 01 8000 510146
¿Cuáles son las inversiones objeto del
ICR?
1. Adecuación de tierras y manejo del recurso hídrico
sistemas de riego, drenaje y control de inundaciones: inversiones
dirigidas a asegurar de manera duradera el adecuado suministro
de agua y posibilitar el uso del potencial productivo del suelo
en la producción agropecuaria.
2. Obras de infraestructura para la producción: proyectos
orientados a la dotación de infraestructura para la producción
de especies agrícolas y pecuarias, así como para
el manejo de poscosecha.
3. Desarrollo de biotecnología y su incorporación
en procesos productivos: proyectos de inversión orientados
a la dotación de infraestructura y equipos necesarios
en el desarrollo de productos de biotecnología, requeridos
en la producción agropecuaria, como producción
de semillas transgénicas, agentes de control biológico
y reproducción in vitro; así como la adquisición
de dichos productos por los productores.
4. Maquinaria y equipos para la producción agrícola:
proyectos de inversión orientados a la adquisición
de maquinaria, equipos e implementos requeridos para mejorar
las prácticas de labranza y demás labores culturales
de producción y recolección de cultivos.
5. Equipos pecuarios y acuícolas: proyectos de inversión
orientados a la adquisición de equipos requeridos en los
procesos de producción pecuaria y acuícola, ejecutados
por pequeños productores.
6. Modernización pesquera y equipos para actividad de
pesca artesanal: proyectos que hagan competitiva la pesca artesanal,
ejecutados por pequeños y medianos productores.
7. Transformación primaria y comercialización
de bienes de origen agropecuario: proyectos de inversión,
destinados a dotar de la infraestructura y equipos necesarios
para mejorar y modernizar las condiciones de comercialización
de bienes nacionales de origen agropecuario, acuicultura, pesca,
y zoocría, o para estimular su transformación primaria.
8. Plantación y mantenimiento de cultivos de tardío
rendimiento: proyectos de inversión orientados a la siembra
o renovación de cultivos de tardío rendimiento
con período improductivo superior a dos (2) años.
9. Adquisición de ganado bovino puro: proyectos de inversión
dirigidos a apoyar la mejora genética del pie de cría
de ganado comercial, aumentar los parámetros de rendimiento
por unidad animal, y mejora de la calidad de la producción
ofrecida en las cadenas láctea y cárnica.
El ICR se reconocerá para proyectos ejecutados exclusivamente
por pequeños productores para la compra de hembras y machos
puros con edades entre 18 y 36 meses a criadores debidamente
registrados en las respectivas asociaciones.
¿Cómo es el procedimiento operativo para
acceder al ICR?
Las etapas son: elegibilidad, otorgamiento y pago.
Elegibilidad: la solicitud de elegibilidad deberá ser
presentada por el intermediario financiero ante la Direcciónde
Incentivos de Finagro, con la documentación necesaria,
dentro de los 180 días calendario, posteriores a la fecha
de redescuento del crédito. Esta solicitud procede cuando
se hayan ejecutado en su totalidad las inversiones objeto del
Incentivo.
Otorgamiento y pago: una vez aprobado el Incentivo, Finagro
comunicará al intermediario financiero el pago y su valor.
Dentro de los cinco (5) días calendario siguientes a la
fecha de la entrega del Incentivo al intermediario financiero,
este deberá aplicar dicho valor al saldo de capital del
crédito redescontado, con el cual se financió el
proyecto e informar al beneficiario, indicándole el nuevo
plan de amortización.
Reintegros: si en las visitas de comprobación que realiza
Finagro, se encuentra que la información remitida por
el intermediario financiero, para la inscripción o para
la solicitud de elegibilidad, es diferente a la realidad, se
anulará el trámite en forma definitiva, o se procederá al
reintegro parcial o total del Incentivo en el evento de haberse
pagado.