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26 de Febrero

Excluye a Fuerza Pública y empresas autorizadas por la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada

PROHIBIDO PORTE Y TRANSPORTE DE ARMAS EN MOTO

Bogotá, 26 feb. (SNE).- El Gobierno Nacional prohibió en todo el país “el porte y transporte de armas en motocicletas, motocarros y mototriciclos”, como una medida para preservar la vida e integridad de los colombianos.

La medida fue adoptada por el Ejecutivo a través del decreto 514 del Ministerio de Defensa Nacional, firmado además del titular de esa cartera, por el Presidente de la República y los Ministros de Transporte y del Interior y de Justicia.

La prohibición no afecta lo dispuesto para “la Fuerza Pública, las empresas de servicios de vigilancia y seguridad privada y los departamentos de seguridad debidamente constituidos por la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada y autorizadas por esta, y de los permisos especiales que se expidan”.

Corresponderá -agrega el decreto- a los Gobernadores y Alcaldes Municipales y Distritales, en el ámbito de sus competencias, adoptar las medidas necesarias para dar cumplimiento a lo dispuesto.

Asimismo, dice que las autoridades podrán ampliar esta prohibición, de conformidad con lo decidido por los Consejos Departamentales de Seguridad: “para prevenir posibles actos contra la integridad física de los habitantes de la República o alteraciones de orden público”.

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