Excluye
a Fuerza Pública y empresas autorizadas por la Superintendencia
de Vigilancia y Seguridad Privada
PROHIBIDO PORTE Y TRANSPORTE DE ARMAS EN MOTO
Bogotá, 26 feb. (SNE).- El Gobierno Nacional prohibió en
todo el país “el porte y transporte de armas en
motocicletas, motocarros y mototriciclos”, como una medida
para preservar la vida e integridad de los colombianos.
La medida fue adoptada por el Ejecutivo a través del
decreto 514 del Ministerio de Defensa Nacional, firmado además
del titular de esa cartera, por el Presidente de la República
y los Ministros de Transporte y del Interior y de Justicia.
La prohibición no afecta lo dispuesto para “la
Fuerza Pública, las empresas de servicios de vigilancia
y seguridad privada y los departamentos de seguridad debidamente
constituidos por la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad
Privada y autorizadas por esta, y de los permisos especiales
que se expidan”.
Corresponderá -agrega el decreto- a los Gobernadores
y Alcaldes Municipales y Distritales, en el ámbito de
sus competencias, adoptar las medidas necesarias para dar cumplimiento
a lo dispuesto.
Asimismo, dice que las autoridades podrán ampliar esta
prohibición, de conformidad con lo decidido por los Consejos
Departamentales de Seguridad: “para prevenir posibles actos
contra la integridad física de los habitantes de la República
o alteraciones de orden público”.
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