HOGARES
COMUNITARIOS DEL ICBF NO PAGAN EL 4 POR MIL
Bogota, 27 feb. (SNE). - “La cuenta bancaria que maneja
cada asociación de padres o madres de familia que administran
el programa Hogares Comunitarios de Bienestar, no pagan el impuesto
del 4 por mil”, recordó la directora del ICBF, Elvira
Forero Hernández.
La funcionaria explicó que así lo establece la
Ley 1111 del 27 de diciembre de 2006, norma que modificó la
Estatuto Tributario de los impuestos administrados por la Dirección
de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian).
En este sentido, dicha Ley ordena que los retiros que realicen
las asociaciones de Hogares Comunitarios de los dineros que el
ICBF les gira para el sostenimiento y desarrollo del programa,
están exentos del pago de este impuesto.
La Directora del ICBF indicó que para garantizar esta
exención, las asociaciones de padres deben registrar ante
el ICBF las cuentas en las cuales se reciben los pagos. Cumplido
este requisito, el Instituto procede a expedir una certificación
que la asociación debe presentar a la entidad bancaria
correspondiente.
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