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27 de Febrero

HOGARES COMUNITARIOS DEL ICBF NO PAGAN EL 4 POR MIL

Bogota, 27 feb. (SNE). - “La cuenta bancaria que maneja cada asociación de padres o madres de familia que administran el programa Hogares Comunitarios de Bienestar, no pagan el impuesto del 4 por mil”, recordó la directora del ICBF, Elvira Forero Hernández.

La funcionaria explicó que así lo establece la Ley 1111 del 27 de diciembre de 2006, norma que modificó la Estatuto Tributario de los impuestos administrados por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian).

En este sentido, dicha Ley ordena que los retiros que realicen las asociaciones de Hogares Comunitarios de los dineros que el ICBF les gira para el sostenimiento y desarrollo del programa, están exentos del pago de este impuesto.

La Directora del ICBF indicó que para garantizar esta exención, las asociaciones de padres deben registrar ante el ICBF las cuentas en las cuales se reciben los pagos. Cumplido este requisito, el Instituto procede a expedir una certificación que la asociación debe presentar a la entidad bancaria correspondiente.

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