DIAN
FIJA PRECIOS INDICATIVOS PARA CALZADO, CONFECCIONES, TEXTILES Y
PAPEL
- Textiles, chaquetas, abrigos, trajes, vestidos, faldas, shorts,
calzoncillos, bragas, papel y medias entre otros.
- La medida revive
la figura de los Precios Indicativos, que no aplicaban por el
convenio de cooperación aduanera con Panamá.
- Aplicarán
sin importar el país de origen o procedencia.
Bogotá, 3 jul (SNE). La Dirección de Impuestos y
Aduanas Nacionales (DIAN) fijó precios indicativos para
el ingreso de calzado, textiles, confecciones y papel, al territorio
nacional.
La medida fue tomada con base en las resoluciones número
7509, 7510, 7511, 7512 y 7513 expedidas el 26 de junio del presente
año.
La decisión se adoptó luego que el Gobierno Nacional
estableciera las restricciones de mercancía para la zona
Libre de Colon, en Panamá, reviviendo así la figura
aduanera de los Precios Indicativos, los cuales no aplicaban durante
la vigencia del convenio de cooperación sostenido con dicho
país.
Textiles, zapatos, tenis, chancletas, sandalias, abrigos, chaquetones,
cazadoras y artículos relacionados de punto, para hombre,
dama y niños, al igual que sacos, conjuntos de algodón,
pantalones, trajes, vestidos, faldas, shorts, camisas, blusas,
calzoncillos, bragas, sostenes, camisones, pijamas, ropa de mesa
tocador o cocina, medias pantalón, calcetines y papel, entre
otros.
Estos productos deberán declararse con base en los Precios
Indicativos establecidos en las correspondientes resoluciones,
de lo contrario habrá que corregir la declaración
de importación. Éstos aplicaran sin importar el país
de origen o procedencia.
Para realizar el proceso de nacionalización y para obtener
el levante de la mercancía, se tendrá que demostrar
el valor declarado en las facturas.
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