AUTORIZADOS
DIFERIMIENTOS ARANCELARIOS PARA BIENES DE CAPITAL DEL SECTOR TEXTIL
Bogotá, 12 jul (SNE). Con el fin de permitir a las empresas
colombianas del sector textil y confección mejorar su
competitividad, el Gobierno Nacional, por recomendación
del Comité de Asuntos Aduaneros, Arancelarios y de Comercio
Exterior, Triple A, autorizó un diferimiento arancelario
de cero por ciento para la importación de algunos bienes
de capital destinados a esta industria, y de diez por ciento
para otros.
La decisión se tomó a través del decreto
número 2646 del 11 de julio de 2007, fimado por el presidente
de la República, Álvaro Uribe Vélez, y por
los ministros de Hacienda, Óscar Iván Zuluaga Escobar,
y de Comercio, Industria y Turismo, Luis Guillermo Plata Páez.
El ministro Plata explicó que, con esta medida, los empresarios
del sector textil y confección podrán importar
maquinaria sin impuesto de entrada en la mayoría de los
casos, o con un diez por ciento, en otros, para que la pongan
a marchar en sus empresas, lo que les permitirá mejorar
la capacidad y calidad en la producción, y, por ende,
la competitividad de la industria nacional.
De acuerdo con el Ministerio de Comercio, esta modificación
del Arancel de Aduanas se adoptó teniendo en cuenta una
solicitud hecha por varias empresas colombianas del sector, y
regirá hasta el 31 de diciembre del presente año.
El diferimiento del gravamen arancelario a cero por ciento se
aplicará a la importación de máquinas de
estampar tejidos de punto, para preparación de materia
textil-cardas, para preparación de materia textil-mecheras,
para hilar materia textil, para bobinar o devanar materia textil,
para teñir, telares sin lanzadera, circulares de tricortar
y máquinas y aparatos de limpieza.
Del mismo modo, la importación de máquinas y prensas
para lavar tejidos con capacidad mayor a 40 metros por minuto,
pagarán, hasta diciembre, diez por ciento de arancel,
en lugar del quince por ciento que se venía aplicando. |