Para
prevenir violaciones a los DD.HH. y DIH
GOBIERNO CREÓ COMITÉ INTERINSTITUCIONAL DE ALERTAS
TEMPRANAS
Bogotá, 30 jul (SNE). Con el propósito de coordinar
una respuesta ordenada y oportuna frente a informes de riesgo,
que hablen de posibles alteraciones de orden público y violaciones
a los Derechos Humanos o el Derecho Internacional Humanitario,
el Gobierno Nacional creó el Comité Interinstitucional
de Alertas Tempranas (CIAT).
El CIAT estará integrado por el Vicepresidente de la República
o su delegado, el Alto Consejero Presidencial para la Acción
Social o su delegado, los ministros de Defensa y del Interior y
de Justicia o su delegado, y el Director del Departamento Administrativo
de Seguridad (DAS), o su delegado.
En calidad de invitado asistirá de manera permanente el
Defensor del Pueblo o su delegado.
Cada uno de los integrantes responderá de acuerdo a sus
funciones constitucionales y legales asignadas.
FUNCIONES
Son funciones de éste Comité:
- Decidir sobre la emisión de una alerta temprana, de acuerdo
a los instrumentos y las metodologías diseñadas por
la CIAT y en observancia de las consideraciones de cada una de
las instituciones integrantes.
- Emitir recomendaciones a las autoridades civiles, militares y
de policía, así como a otras entidades públicas,
con la finalidad de atender las situaciones descritas por la Defensoría
del Pueblo en procura de prevenir la ocurrencia de hechos que sean
violatorios de los Derechos Humanos.
- Realizar seguimiento periódico a la implementación
de las medidas recomendadas y a la evolución de la situación
de riesgo advertida por la Defensoría del Pueblo, en conjunto
con las autoridades civiles, militares y de Policía, así como
de otras entidades públicas.
El CIAT no reemplaza la acción de otras instituciones o
autoridades del nivel nacional, departamental y local, que tienen
por mandato el control del orden público y la garantía
de los derechos de los ciudadanos.
Gobernadores y Alcaldes deben adoptar las medidas de prevención
y protección según sus competencias, criterio, capacidad
administrativa, medios disponibles y oportunidad, y deben responder
por sus acciones y omisiones.
Este Comité se debe reunir al menos una vez por semana
para atender cada uno de los informes de riesgo. Se reunirá extraordinariamente
cuantas veces sea necesario y sesionará en la sede del Ministerio
del Interior y de Justicia o donde sus miembros lo determinen.
El Comité fue creado por el Gobierno Nacional Central,
por medio del decreto 2862 del Ministerio del Interior y de Justicia.
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