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7 de junio

Sólo por 6 meses y en casos especiales

AUTORIZAN NOMBRAR ENCARGOS O PROVISIONALES SIN CONCURSO PREVIO

Bogotá, 7 jun (SNE). La Comisión Nacional del Servicio Civil podrá autorizar nombramientos por encargo o provisionales sin necesidad de hacer concurso previo, por razones de reestructuración, fusión, transformación o liquidación de una entidad o por razones de estricta necesidad del servicio.

Así lo señala el decreto 1937 del Departamento Administrativo de la Función Pública, donde se advierte que esos nombramientos serán por un máximo de 6 meses, plazo dentro del cual se deberá convocar a concurso.

Advierte que cuando por circunstancias especiales no se puedan realizar los concursos, la Comisión Nacional del Servicio Civil podrá autorizar la prórroga de los encargos o provisionales hasta cuando se puedan realizar.

También aclara el decreto que el nombramiento provisional procederá de manera excepcional siempre que no haya empleados de carrera que cumplan con los requisitos y el perfil para ser encargados y no haya lista de elegibles vigente que pueda ser utilizada.

El decreto señala que no se requerirá autorización de la Comisión del Servicio Civil para proveer vacancias temporales de empleos de carrera.

En el caso de los nombramientos transitorios de carrera administrativa, se indica que la Comisión podrá delegar en los respectivos nominadores, quienes serán los responsables de dar cumplimiento a las normas de carrera administrativa, pero con actos debidamente justificados.

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