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8 de junio

Por medio de la Circular 37 del 8 de junio

SUPERFINANCIERA ADVIERTE QUE NO SE PUEDE CONDICIONAR VENTA DE ACCIONES DE ISAGEN

Bogotá, 8 jun (SNE). Las entidades financieras o de valores y los comisionistas de bolsa que están participando en la Red de Colaboradores o de Distribución en el proceso de venta de acciones de Isagen S.A., no pueden condicionar la operación a la adquisición de más acciones.

Así lo advirtieron Elizabeth Yalile Lamk Nieto, Superintendente Delegada para Intermediarios de Valores, y Jeannette Forigua Rojas, Superintendente Delegada para Portafolios de Inversión de la Superintendencia Financiera, por medio de la Circular 37 fechada hoy 8 de junio, donde aclara que esas prácticas se considerarán como infracción en el mercado de valores.

La Circular está dirigida a los representantes legales de las entidades financieras y sociedades comisionistas que conforman la Red de Distribución y colocación de las acciones privilegiadas de Isagen ESP, ofrecidas en la segunda etapa del proceso de venta.

Señala que las condiciones de venta en cuanto a los montos mínimos de acciones que se pueden comprar corresponde a mil acciones, que equivalen a un valor de un millón 300 mil pesos como inversión total.

Agregan las dos Delegadas de la Superfinanciera que las condiciones que rigen la colocación de las referidas acciones son las previstas en los respectivos avisos de oferta pública publicados en avisos de circulación nacional, y que se debe cumplir estrictamente con lo establecido en ellos, sin efectuar exigencia adicional alguna diferente a la propia del negocio que se pretende celebrar.

“Por lo tanto, no se puede condicionar la venta de las acciones privilegiadas al cumplimiento de obligaciones adicionales por parte de los inversionistas, ni a otros procedimientos, y/o montos que no corresponden a la enajenación de dichas acciones”, enfatizan en la Circular.

Por último advierten que “se considera infracción en el mercado de valores, la conducta consistente en realizar, colaborar, cohonestar, autorizar, participar de cualquier forma o coadyuvar con transacciones u otros actos relacionados, que tengan como objetivo o efecto, entre otros obstaculizar la libre concurrencia y la interferencia de otros en las ofertas sobre valores”.

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