Además
deben presentar declaración 15 días antes
CALZADO, CONFECCIONES Y TEXTILES VÍA COLÓN, SÓLO
POR BARRANQUILLA Y BOGOTÁ
- Dian detectó alto contrabando por
esta vía.
- Resto de mercancías seguirán
con ingresos normales.
Bogotá, 26 jun (SNE). A partir del próximo 1° de
julio, las importaciones de calzado, confecciones y textiles procedentes
de la Zona Libre de Colón, en Panamá, únicamente
podrán ingresar por el puerto de Barranquilla y el aeropuerto
El Dorado de Bogotá.
La decisión la adoptó la Dirección de Impuestos
y Aduanas Nacionales (Dian) por medio de la resolución 7373
del 22 de junio de 2007, luego de detectar que la libertad dada
al ingreso de todo tipo de productos provenientes de Panamá,
desembocó en un aumento del contrabando por parte de los
colombianos que traen mercancías del hermano país.
Óscar Franco Charry, director de la Dian, recordó que
el acuerdo firmado entre las Aduanas de Panamá y Colombia
se seguirá aplicando para el resto de productos provenientes
de Panamá.
“Hemos encontrado dificultades con relación al ingreso
de mercancía en distintas modalidades de contrabando –el
contrabando abierto y el contrabando técnico- por parte
de colombianos que van a la Zona Libre de Colón a comprar
mercancía y a introducirla en alguna de esas modalidades
ilegales. A raíz de ello retomamos esta medida para el ingreso
de las mercancías”, anotó el Director de la
Dian.
Agregó que de acuerdo con la información reportada
por la Aduana de Panamá sobre la facturación expedida
por las compras de calzado, textiles y confecciones, se han encontrado
inconsistencias en el 60 por ciento de los casos que muestran que
hay indebidos manejos por parte de los importadores de las mercancías
que van a comprar a esa zona libre.
“Nosotros consideramos que el convenio como tal no ha fracasado,
en la medida en que hace parte de la naturaleza de las aduanas
el contribuir, colaborarse entre sí, apoyarse, intercambiar
información. Por eso la Dian seguirá solicitando
este tipo de reportes a la Aduana panameña”, indicó Franco
Charry.
Explicó que adicionalmente los importadores de calzado,
confecciones y textiles vía Zona Libre de Colón,
tendrán que presentar 15 días antes la declaración
de importación.
Esta medida cobija a las importaciones calzado, textiles y confecciones
fabricados en cualquier lugar del mundo, pero que vengan por la
Zona Libre de Colón.
El funcionario explicó que las mercancías diferentes
a calzado, confecciones y textiles que provengan de la Zona Libre
de Colón, podrán ingresar por cualquier otro puerto
de los que están habilitados por la Dian como lugares de
arribo. La prioridad en términos de control siempre ha estado
relacionada para estos tres tipos de productos.
|