Tendrán prioridad los productores nacionales
GOBIERNO REGLAMENTÓ LEY SOBRE COMPRAS PARA DEFENSA NACIONAL
Bogotá, 7 mar (SNE). El Gobierno Nacional expidió el
Decreto 660 de marzo 6 de 2007, que reglamenta la compra de bienes
y servicios destinados a la defensa y seguridad nacional.
Según la Ley 1089 de 2006, las empresas nacionales tendrán
prioridad en las compras de bienes y servicios destinados a la
seguridad y defensa nacional, siempre y cuando sus productos
sean de la cantidad, calidad y oportunidad requerida.
En ese sentido, el Decreto expedido este martes por el Gobierno
advierte que para estas adquisiciones el Ministerio de Defensa
deberá solicitar al Ministerio de Comercio, Industria
y Turismo certificación sobre la existencia o no de producción
nacional en términos de competencia abierta.
Se entiende como competencia abierta cuando la producción
esté siendo desarrollada por dos o más empresas
no subordinadas entre sí, o que no pertenezcan a un mismo
grupo, o que para el mismo producto o servicio exista en el mercado
varios precios en el mercado.
La solicitud deberá efectuarse dentro de los 15 primeros
días de los meses de enero y julio de cada año,
señalando expresamente las subpartidas arancelarias, la
descripción técnica y la existencia o no de variedad
de precios al consumidor final, de los bienes o servicios que
se pretenda adquirir.
Una vez hecha la certificación bajo los parámetros
exigidos, la entidad solicitante deberá pedir por escrito
a los productores nacionales información sobre su capacidad
de atender la adquisición en la cantidad, calidad y oportunidad
requeridas.
No obstante, la compra de los bienes o servicios a los que hace
alusión esta ley podrá efectuarse a empresas extranjeras,
cuando los intereses de seguridad y defensa nacional señalen
su conveniencia.