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7 de Marzo

Tendrán prioridad los productores nacionales

GOBIERNO REGLAMENTÓ LEY SOBRE COMPRAS PARA DEFENSA NACIONAL

Bogotá, 7 mar (SNE). El Gobierno Nacional expidió el Decreto 660 de marzo 6 de 2007, que reglamenta la compra de bienes y servicios destinados a la defensa y seguridad nacional.

Según la Ley 1089 de 2006, las empresas nacionales tendrán prioridad en las compras de bienes y servicios destinados a la seguridad y defensa nacional, siempre y cuando sus productos sean de la cantidad, calidad y oportunidad requerida.

En ese sentido, el Decreto expedido este martes por el Gobierno advierte que para estas adquisiciones el Ministerio de Defensa deberá solicitar al Ministerio de Comercio, Industria y Turismo certificación sobre la existencia o no de producción nacional en términos de competencia abierta.

Se entiende como competencia abierta cuando la producción esté siendo desarrollada por dos o más empresas no subordinadas entre sí, o que no pertenezcan a un mismo grupo, o que para el mismo producto o servicio exista en el mercado varios precios en el mercado.

La solicitud deberá efectuarse dentro de los 15 primeros días de los meses de enero y julio de cada año, señalando expresamente las subpartidas arancelarias, la descripción técnica y la existencia o no de variedad de precios al consumidor final, de los bienes o servicios que se pretenda adquirir.

Una vez hecha la certificación bajo los parámetros exigidos, la entidad solicitante deberá pedir por escrito a los productores nacionales información sobre su capacidad de atender la adquisición en la cantidad, calidad y oportunidad requeridas.

No obstante, la compra de los bienes o servicios a los que hace alusión esta ley podrá efectuarse a empresas extranjeras, cuando los intereses de seguridad y defensa nacional señalen su conveniencia.

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