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través del decreto 1838 de Mineducación
ORDENAN NO PAGO DE DÍAS NO LABORADOS
POR SERVIDORES PÚBLICOS DEL SECTOR EDUCATIVO
Bogotá, 25 may. (SNE).- El Gobierno Nacional ordenó no
pagar los días no laborados por los servidores públicos
del sector educativo, a través del decreto 1844 expedido
hoy 25 de mayo, por el Ministerio de Educación.
“La no prestación oportuna del servicio para el
cual están vinculados por el Estado, o el cese de actividades
laborales, realizado por servidores públicos, no amparados
en justa causa previamente definida por la ley, se entiende ilegal
y generará para quienes participen en él, la no
causación de la remuneración correspondiente en
los términos previstos en el decreto 1647 de 1967”,
indica el decreto.
Esta remuneración no causada deberá ser deducida
en la siguiente nómina, “en el evento de que por
efecto de la liquidación de la misma se haya producido
el pago”, agrega.
Las entidades territoriales certificadas en educación
dispondrán, de plano, el no pago de aquellos servicios
efectivamente no prestados por los servidores y efectuarán
el reporte correspondiente a los organismos de control, para
que dentro del ámbito de su competencia, adelanten las
acciones administrativas, financieras y disciplinarias a las
que hay lugar.
Los recursos del Sistema General de Participaciones cuyo uso
deje de aplicar la entidad territorial al pago de la nómina,
como efecto de lo dispuesto en el decreto, “deberá ser
reprogramado en inversión para la calidad del servicio
educativo”, concluye la norma.
Algunas de las consideraciones que se tomaron, indica que el
servicio público educativo tiene una función social
y corresponde a un derecho de la persona, razón por la
cual no se puede suspender.
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