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Por fabricación y tráfico de armas y municiones de uso privativo de las FF.MM.

INDULTADO DESMOVILIZADO DE LAS AUC

Bogotá, 30 may (SNE). El Gobierno Nacional concedió el beneficio jurídico de indulto al señor Hugo Hernando Barbosa León, desmovilizado del ‘Bloque Autodefensas Campesinas de Puerto Boyacá’ de las AUC.

La decisión fue tomada por el Ejecutivo a través de la resolución 131 del Ministerio del Interior y de Justicia (28 de mayo de 2007), respecto de la condena impuesta por la comisión de los delitos de fabricación y tráfico de armas y municiones de uso privativo de las Fuerzas Armadas.

Mediante la sentencia del 16 de enero de 2001, el Juzgado Penal del Circuito Especializado de Manizales (Caldas) condenó a Barbosa León a la pena de siete años de prisión, por los delitos antes mencionados.

El Gobierno Nacional tiene la facultad de indultar a los nacionales que hubieren sido condenados mediante sentencia ejecutoriada, por hechos constitutivos en delito político. En ningún caso puede ser indultada una persona que haya cometido delitos de lesa humanidad o que se constituyan en hechos violatorios del Derecho Internacional Humanitario.

En el caso de Barbosa León, el Gobierno consideró que cumple con los requisitos para acceder al beneficio.

La misma resolución advierte que este indulto quedará sin efecto si el beneficiario comete cualquier delito doloso dentro de los dos años siguientes a su concesión.

Además, el documento ordena al Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario, verificar los antecedentes y procesos penales que se adelanten contra el indultado, con el fin de constatar la no existencia de otras sentencias ejecutoriadas, procesos o investigaciones, que puedan variar la decisión.

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