Por
fabricación y tráfico de armas y municiones de uso
privativo de las FF.MM.
INDULTADO DESMOVILIZADO DE LAS AUC
Bogotá, 30 may (SNE). El Gobierno Nacional concedió el
beneficio jurídico de indulto al señor Hugo Hernando
Barbosa León, desmovilizado del ‘Bloque Autodefensas
Campesinas de Puerto Boyacá’ de las AUC.
La decisión fue tomada por el Ejecutivo a través
de la resolución 131 del Ministerio del Interior y de Justicia
(28 de mayo de 2007), respecto de la condena impuesta por la comisión
de los delitos de fabricación y tráfico de armas
y municiones de uso privativo de las Fuerzas Armadas.
Mediante la sentencia del 16 de enero de 2001, el Juzgado Penal
del Circuito Especializado de Manizales (Caldas) condenó a
Barbosa León a la pena de siete años de prisión,
por los delitos antes mencionados.
El Gobierno Nacional tiene la facultad de indultar a los nacionales
que hubieren sido condenados mediante sentencia ejecutoriada, por
hechos constitutivos en delito político. En ningún
caso puede ser indultada una persona que haya cometido delitos
de lesa humanidad o que se constituyan en hechos violatorios del
Derecho Internacional Humanitario.
En el caso de Barbosa León, el Gobierno consideró que
cumple con los requisitos para acceder al beneficio.
La misma resolución advierte que este indulto quedará sin
efecto si el beneficiario comete cualquier delito doloso dentro
de los dos años siguientes a su concesión.
Además, el documento ordena al Instituto Nacional Penitenciario
y Carcelario, verificar los antecedentes y procesos penales que
se adelanten contra el indultado, con el fin de constatar la no
existencia de otras sentencias ejecutoriadas, procesos o investigaciones,
que puedan variar la decisión.
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