Bogotá,
15 ago (SNE). Con el propósito de proteger la vida, la salud
y la seguridad humana, el Ministerio de la Protección Social
expidió la Resolución 2816 del 15 de agosto de 2007, en la
que se establecen los requisitos sanitarios que deben cumplir
los juguetes que se fabriquen, importen y comercialicen en
el territorio nacional. Dicha resolución contempla que los
juguetes deberán concebirse y fabricarse de tal forma que
satisfagan las condiciones de higiene y limpieza, a fin de
evitar los riesgos de infección, enfermedad y contagio.
Los fabricantes e importadores deben
disponer de un certificado de control de calidad, que permita
a las autoridades competentes verificar los controles realizados
antes de su comercialización.
Con el fin de reducir los riesgos
que puedan ocasionar, los juguetes deberán contener la siguiente
información: identificación del fabricante, del importador
o distribuidor autorizado; advertencias e indicaciones de
uso en idioma español; precauciones de empleo y fecha de
fabricación, e identificación del lote de producción.
En el producto se debe reseñar la
edad mínima del usuario de los juguetes y/o la necesidad
de que se usen solamente bajo la vigilancia de un adulto.
En la etiqueta, embalaje o inserto
se deben dar las instrucciones a los usuarios sobre los cuidados
y riesgos que pueden ocasionar al ser usados, así como la
forma de evitarlos.
En cuanto a los juguetes funcionales,
deberán llevar la leyenda: “Atención, utilizar bajo la vigilancia
de un adulto”.
Las funciones de inspección, vigilancia
y control estarán a cargo de las Direcciones Territoriales
de Salud, conforme a lo dispuesto en la Ley 715 de 2001,
y aplicar las sanciones correspondientes previstas en la
Ley 09 de 1997 cuando no se cumpla con lo establecido.
De acuerdo con las especificaciones
técnicas de esta norma, todos los juguetes destinados a uso
humano deberán demostrar que:
La biodisponibilidad diaria resultante
de su uso no deberá exceder de los siguientes límites máximos:
0.2 microgramos de antimónio, 0.1 microgramos de arsénico,
25 microgramos de bario, 0.6 microgramos de cadmio, 0.3 microgramos
de cromo, 0.7 microgramos de plomo, 0.5 microgramos de mercurio
y 5.0 microgramos de selenio.
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