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Agosto 16

Declaración del Presidente Uribe sobre proyecto de ley para definir situación jurídica de desmovilizados

Aratoca (Santander), 16 ago (SNE). “Para que no haya ningún equívoco, para que después no se vaya a decir que aparecieron micos, el Gobierno a conciencia ha buscado en el proyecto que se les dé el mismo tratamiento a paramilitares y guerrilla. No puede ser diferente.

Hace dos días, el Consejo Nacional de Paz me pedía acelerar el proceso de paz con un grupo que en los últimos años ha secuestrado a 600 personas, ha cometido delitos atroces y al que se le han decomisado en los últimos tiempos 186 laboratorios de coca.

¿Cuál es la diferencia? Son todos igualitos. Todos han estado en el secuestro, en los delitos atroces, en la coca. Todos han interferido en la política.

Para que no haya ningún equívoco, el Gobierno Nacional, en ese proyecto, es consciente de que propone que se les dé a los paramilitares el mismo tratamiento que a los guerrilleros.

Ese proyecto, en su artículo primero, propone que la sola pertenencia a un grupo sea concierto simple. Y en concordancia con la ley vigente, cabría lo siguiente: si las personas se desmovilizan, pertenecen a un grupo que está en diálogo con el Gobierno, el Gobierno las selecciona, independientemente de que sean paramilitares o guerrilla, se les da el mismo tratamiento de la siguiente manera:

Si las personas están todavía en etapa de investigación, no han cometido delito atroz y su único delito es la pertenencia al grupo, la ley ordena que cese la acción penal o se produzca un auto inhibitorio.

¿En qué condición política quedan esas personas? No quedan condenadas. Quedan con la plenitud de los derechos políticos.

¿Podrán participar en elecciones? Jurídicamente sí. Pero por razones de conveniencia, no deberían participar en los procesos electorales inmediatamente subsiguientes a los procesos de desmovilización.

Quiero ser muy claro en esta declaración ante el país, con toda la franqueza, frente a la opinión pública, desde este paraíso del Chicamocha.

Segundo escenario: si la persona está condenada por delitos que no sean de lesa humanidad, que no sean atroces, por la pertenencia al grupo, por llevar uniformes, insignias, etcétera, por esos delitos, como lo dice la misma ley, se le puede dar el mismo beneficio al paramilitar que al guerrillero, es decir, el indulto.

¿Cuál es la derivación? El indultado puede ejercer todos los derechos políticos, tal como lo dice la Constitución.

¿Qué piensa el Gobierno desde el punto de vista de conveniencia? Que esas personas no participen en política en los procesos inmediatamente siguientes a la desmovilización.

¿Y por qué quiero hacer claridad ante el país? Para que no quede la menor duda de que el Gobierno insiste en su tesis de darles el mismo tratamiento a los paramilitares que a los guerrilleros, a través de este proyecto, producto de un proceso de discusión cumplido en las últimas semanas con las instituciones y con los colombianos que escribieron a la página de Internet de la Presidencia”.

Aratoca, Parque del Chicamocha, Santander

Agosto 16 de 2007