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Agosto 21

Gobierno flexibiliza pagos a pensiones de trabajadores independientes

  • Mediante el Decreto 3085 de 2007 se abre posibilidad para que trabajadores independientes sin capacidad de pago no coticen a pensión. Adicionalmente, podrán cambiar su ingreso base de cotización en cualquier momento del año.

Bogotá, 21 ago (SNE). La posibilidad para que un trabajador independiente, sin capacidad de pago, pueda pagar solo a salud y no a pensiones a través de la Planilla Integral de Liquidación de Aportes (PILA) se abrió paso mediante el Decreto 3085 de 2007.

La norma determinó que los trabajadores independientes deberán hacer llegar a su respectiva Empresa Promotora de Salud (EPS) fotocopia del documento de identidad, información básica de su grupo familiar y manifestación juramentada ante Notario Público en la cual certifique que se encuentra en condiciones que le hacen imposible económicamente efectuar su aporte a pensiones.

Esta información será debidamente cruzada ante entidades públicas y privadas por el Gobierno Nacional, con el fin de verificar y filtrar los datos.

En caso de detectarse fraude en la información que suministre el trabajador independiente y se compruebe que sí tenia capacidad de pago, se procederá a iniciar las acciones correspondientes ante la autoridad competente. Este pago a salud se hará, de todos modos, a través de la Planilla Integral de Liquidación de Aportes (PILA).

En la actualidad, en el Congreso de la República cursa un proyecto de ley que busca la exención de aportes a pensiones a quienes no tienen capacidad de pago. Hasta tanto dicha ley sea aprobada, el pago debe seguir siendo integral, como lo ha sido hasta ahora.

“Lo que hace el registro creado mediante el Decreto es anticipar la exención provista por la ley a través de la construcción del registro”, afirmó el viceministro Técnico, Carlos Jorge Rodríguez.

Adicionalmente, el Decreto contempla que de acuerdo a la situación económica que tenga el trabajador, podrá hacer variaciones y reportarlo a través de la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes (PILA).

Anteriormente, la legislación permitía que solo en enero el trabajador independiente reportara su Ingreso Base de Cotización (IBC) al sistema de seguridad social en salud y no podía hacer cambios al mismo en el transcurso del año.

“Con este decreto, y gracias a la PILA, brindamos la posibilidad al trabajador independiente de ajustar su ingreso, porque él no está exento de sufrir situaciones económicas difíciles que aminoran su ingreso y, por consiguiente, su capacidad de pago”, expresó el Viceministro.