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Agosto 22

Suprimen planta de personal de la oficina del Comisionado Nacional para la Policía

  • Por medio de decreto el Gobierno Nacional suprimió la planta de personal de la Oficina del Comisionado Nacional para la Policía.

Bogotá, 22 ago (SNE). El Gobierno Nacional suprimió los empleos de la planta de personal de la Oficina del Comisionado Nacional para la Policía, por medio del decreto 3122 del ministerio de Defensa.

Los cargos suprimidos del despacho fueron: el del Comisionado Nacional para la Policía, un asesor, un profesional especializado, dos secretarios ejecutivos y un conductor mecánico.

De la planta global fueron suprimidos los siguientes cargos: un Secretario General del Comisionado Nacional para la Policía, un Director del Comisionado, un Comisionado Regional, tres profesionales especializados, dos Técnicos Administrativos, dos Secretarios Ejecutivos, un Auxiliar Administrativo, un Conducto Mecánico y un Auxiliar de Servicios Generales.

CASOS ESPECIALES

El decreto aclara que en el caso específico del Secretario General y de uno de los Profesionales Especializados, estos cargos serán suprimidos una vez los funcionarios que los ocupan obtengan por parte de la administradora del fondo de pensiones correspondiente, el reconocimiento de la pensión y su inclusión en nómina de pensionados.

Mientras se cumplen los términos estas personas continuarán prestando sus servicios en la Dirección General de Sanidad Militar, dependencia que asumirá el pago de las acreencias laborales de estos empleados públicos.

Asimismo, los cargos de dos Profesionales Especializados, un Técnico Administrativo, un Auxiliar Administrativo y un Conductor Mecánico, quedarán automáticamente suprimidos en la fecha de la ejecutoria de la sentencia que autorice el levantamiento del fuero sindical o hasta el vencimiento del término de este fuero contemplado en la Ley o en los estatutos especiales.

Entre tanto, el Ministerio de Defensa Nacional (Unidad de Gestión General) asumirá el pago de las acreencias laborales de estos empleados públicos, hasta cuando se cumpla la condición mencionada.

Por último, en el artículo quinto, el decreto precisa que los funcionarios que al momento de la supresión de cargos hayan acreditado su condición de cabeza de familia, de mujer en etapa de gestación o dentro de los tres meses posteriores al parto, de discapacidad, o que ostenten derechos de carrera administrativa, serán incorporados en un empleo igual o equivalente que se cree en la planta de personal del Ministerio.

El documento está firmado por el Presidente de la República, los ministros de Defensa y de Hacienda y Crédito Público, y por el Director del Departamento Administrativo de la Función Pública.