La cifra, que estará vigente hasta el 31 de diciembre de este año, se liquidará por cada día calendario de retardo en el pago de impuestos, anticipos y retenciones.
Bogotá, 1 oct (SP). La tasa de interés moratorio para efectos tributarios que regirá hasta el 31 de diciembre del presente año será de 31.89 por ciento anual, anunció la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian).
La cifra es mayor en 3,38 puntos porcentuales, comparada con la anterior de 28.51 por ciento, que estuvo vigente hasta el 30 de septiembre de 2007.
Esta tasa se liquidará por cada día calendario de retardo en el pago de impuestos, anticipos y retenciones, administrados por Dian.
Así mismo, dicha tasa regirá en materia de devoluciones según lo dispuesto en los artículos 863 y 864 del Estatuto Tributario.
La entidad recordó que los intereses de mora se liquidan con la tasa de usura certificada por la Superintendencia Financiera de Colombia e hizo un llamado para que quienes tienen obligaciones en mora, se pongan al día o establezcan acuerdos de pago y eviten de esta manera la adopción de medidas coactivas como el embargo y remate de bienes. |