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Octubre 09

Gobierno modifica Régimen de Zonas Francas

Con los ajustes, el Gobierno busca enfocarse en la atracción de inversión en sectores de alto valor agregado, y evitar que el régimen de zonas francas sea utilizado simplemente para disminuir cargas fiscales, explicó el ministro de Comercio, Industria y Turismo, Luis Guillermo Plata.

Bogotá, 9 oct (SP). Las modificaciones al Régimen de Zonas Francas planteadas por los ministerios de Comercio, Industria y Turismo, y de Hacienda y Crédito Público, permitirán al país jalonar la inversión doméstica y extranjera, y garantizar la creación de nuevas fuente de empleo para los colombianos.

Así lo manifestó el ministro de Comercio, Industria y Turismo, Luis Guillermo Plata, al explicar los alcances del Decreto 383 de 2007, que fija las modificaciones a este Régimen.

“Con las modificaciones buscamos ajustar, aún más, la norma a las condiciones del mercado y enfocarnos en la atracción de inversión en sectores de alto valor agregado, y evitar que el régimen de zonas francas sea utilizado simplemente para disminuir cargas fiscales”, precisó.

Según el funcionario, los cambios hacen mayor claridad en los mecanismos para la declaratoria de una zona franca, y ponen pisos mínimos a la inversión y número de empleos a crear bajo esta figura.

Así mismo, el Decreto ratifica la tarifa única del impuesto sobre la renta gravable del 15 por ciento, a diferencia del 38,15 por ciento establecido en el país.

A diferencia de la anterior reglamentación, en ésta, la zona franca puede producir bienes y servicios tanto para el mercado nacional, como para el internacional, pero en el primer caso, los productos y servicios deberán cancelar el IVA.

Con el decreto se clasifican las zonas en tres clases: la Permanente, que debe ser de mínimo 20 hectáreas de extensión, con compromiso por parte del inversionista de tener, en los 5 años siguientes a su declaratoria, al menos cinco usuarios industriales de bienes y/o servicios, con una inversión que sumada sea igual o superior a los 5 millones de dólares; igualmente éstos deben acreditar un patrimonio líquido de mínimo 5.5 millones de dólares.

“Los usuarios de esta zona franca, si tienen activos totales que van desde 100.001 dólares a 1 millón, deben general al menos 20 empleos directos; y los que tienen activos superiores a 6 millones de dólares deben garantizar inversión mínima de 2.5 millones de dólares, y generar al menos 50 empleos directos”, dijo el Ministro Plata.

La segunda zona es la denominada Especial o Uniempresarial, la cual autoriza que una sola empresa desarrolle actividades industriales de servicios, agroindustria o bienes en un área determinada, en cualquier parte del país.

La de Bienes debe tener una inversión mínima de 32 millones de dólares y 150 empleos directos; la de Servicios debe generar mínimo 501 empleos, con inversiones entre 2 y 10 millones de dólares; entre 351 y 500 trabajos con inversiones de entre 10 y 20 millones de dólares; y entre 150 y 350 empleos, con montos de inversión de entre 20 y 32 millones de dólares.

Para la Agroindustrial, la inversión deberá ser de 16 millones o 500 empleos entre directos y vinculados.

La tercera zona es la de carácter transitorio, autorizada para la celebración de ferias, exposiciones, congresos y seminarios de carácter internacional, con importancia para la economía y el comercio internacional del país.

El Ministro Plata aclaró que las Sociedades portuarias accederán a la categoría de Zona Franca, cuando su inversión sea de 32 millones de dólares, y se creen 20 empleos directos más la vinculación de 50 más.

Hasta la fecha existen 20 solicitudes de Zonas Francas, la mitad de ellas en la categoría de servicios, con la característica de todas éstas, según el Ministro, de cumplir con creces los requisitos de ley para su declaratoria como tales.