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Octubre 16

Comunicado de la Aeronáutica Civil de Colombia

 

La Aeronáutica se permite informar:

1. Que sus investigaciones internas le permiten certificar que el helicóptero que se utilizó para el vuelo gestionado por la Defensa Civil, el 14 de junio de 1983, para trasladar dos heridos graves, Alberto y Santiago Uribe, desde Cisneros, Antioquia, no era de Pablo Escobar.

2. Quienes acusan al Presidente han sugerido que el vuelo se hizo en un helicóptero incautado a posibles testaferros de Pablo Escobar, y que hoy pertenece a la Armada. Se trata del HK 3081, de fabricación alemana. Tal nave, propiedad de Aeroes Limitada, fue importada a Colombia el 15 de febrero de 1984, siete meses después del asesinato de don Alberto Uribe. El doctor Álvaro Uribe

La Aeronáutica Civil informó que “sus investigaciones internas le permiten certificar que el helicóptero que se utilizó para el vuelo gestionado por la Defensa Civil, el 14 de junio de 1983, para trasladar a dos heridos graves, Alberto y Santiago Uribe, desde Cisneros, Antioquia, no era de Pablo Escobar”, dijo el director de la entidad, Fernando Sanclemente, en un comunicado leído este martes 16 de octubre en la Casa de Nariño. Foto: Miguel Angel Solano - SP -   fue Director de Aeronáutica Civil hasta el 6 de agosto de 1982 y la incautación del HK 3081 se produjo en agosto de 1989.

3. Que el empresario Juan Gonzalo Ángel ha informado a la Aeronáutica que, en su calidad de miembro de la Patrulla Aérea, fue a él a quien contactó la Defensa Civil para realizar el vuelo. Según el señor Ángel, el día del atentado se recibió en el Grupo de Rescate Aéreo un S.O.S. de la entidad para trasladar a Alberto Uribe y a su hijo Santiago, gravemente heridos. Que él estaba disponible y salió en su helicóptero HK 2967, marca Ecureuil –un equipo que importó en abril 11 de 1983 desde Francia-. Debido a la oscuridad el helicóptero no pudo aterrizar y regresó a Medellín.

4. El director de la Aeronáutica se permite recordar que fue en la dirección del doctor Uribe cuando se reforzaron todos los controles para operación de aeronaves y de pistas. Por decreto 2.303 de 1981, se exigió, para el otorgamiento de toda matrícula de aeronaves, empresas y aeródromos, la carencia de antecedentes de tráfico de narcóticos, expedido por el Consejo Nacional de Estupefacientes, previa averiguación con DAS, F.2, Aduana, Procuraduría y el certificado de las Brigadas del Ejército.

5. Que por petición del propio ex director, doctor Álvaro Uribe Vélez, toda su gestión fue escudriñada en sendas investigaciones disciplinarias de la Procuraduría General de la Nación, que terminaron con resolución de no apertura y archivo.

Bogotá, Octubre 16 de 2007