Tras aceptar la renuncia del titular, Hernando Molina Araújo, presentada el pasado 24 de agosto, el Gobierno prorrogó el encargo como Gobernador del Cesar a Rodrigo Canosa Guerrero. También hizo efectivas varias sanciones de destitución, inhabilidad y multa, mediante decretos expedidos el pasado 20 de septiembre.
Bogotá, 21 sep (SP). El Gobierno Nacional, mediante Decreto 3599 del 20 de septiembre pasado, prorrogó el encargo como gobernador del departamento del César a Rodrigo Canosa Guerrero, por el resto del periodo constitucional, tras aceptar la renuncia de Hernando Molina Araújo como gobernador de ese departamento.
Molina Araújo fue elegido popularmente para el período comprendido entre el primero de enero del 2004 y el 31 de diciembre del 2007 y había presentado renuncia al cargo el pasado 24 de agosto.
Así mismo, el Gobierno Nacional hizo efectivas las siguientes sanciones, mediante decretos expedidos el pasado 20 de septiembre:
Sanción de destitución y la accesoria de inhabilidad para ejercer cargos públicos por el término de diez años, a Fernando Gómez Giraldo, en su condición de Gobernador del departamento del Vichada, mediante el Decreto 3605.
Lo anterior, en cumplimiento de lo dispuesto por el Procurador Segundo Delegado para la Contratación Estatal, mediante fallo de primera instancia del 6 de junio del 2007, proferido dentro de la investigación disciplinaria No. 165-81031-2003.
Sanción de destitución e inhabilidad para el ejercicio de funciones públicas por el término de 12 años, a Hernando De Luque Freyle, en su condición de Gobernador del departamento de La Guajira, mediante el Decreto 3602.
Esto, en cumplimiento de lo dispuesto por el Viceprocurador General de la Nación en fallo de primera instancia del 17 de mayo del 2007, proferido dentro de la investigación disciplinaria No. 154-84263-2003.
Sanción de multa de noventa días de salario devengado para la época de los hechos, equivalente a la suma de 5’936.100, a De Luque Freyle, en su condición de Gobernador de La Guajira.
Lo anterior, en cumplimiento de lo dispuesto por el Procurador Primero Delegado para la Vigilancia Administrativa en fallo de primera instancia del 11 de julio de 2007, proferido dentro de la investigación disciplinaria No. 013-83725-03.
Sanción de destitución e inhabilidad para ejercer funciones públicas por el término de diez años a Alex Enrique Coronado Felizzola, en su condición de Gobernador (e) de La Guajira, mediante Decreto 3601.
Esto, en cumplimiento de lo dispuesto por el Viceprocurador General de la Nación, en fallo de primera instancia del 21 de septiembre de 2006, confirmado según providencia del 21 de febrero pasado, del Procurador General de la Nación.
Igualmente, mediante Decreto 3604, hizo efectiva la sanción de multa de 12 meses de salario mensual devengado para el año 2002, a Juan de Jesús Cárdenas Chávez, en su condición de Gobernador del departamento del Huila.
Lo anterior, en cumplimiento de lo dispuesto por el Viceprocurador General de la Nación en fallo de primera instancia del 22 de marzo pasado, modificado según providencia del 31 de mayo del 2007 por el Procurador General de la Nación. |