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Abril 11

Gobierno radicó en el Congreso proyecto de Reforma Financiera

La iniciativa incluye un estricto régimen orientado a fortalecer los mecanismos de protección a los usuarios de los establecimientos financieros. El Defensor del Cliente será designado por la SuperFinanciera. Las instituciones del sector tendrán que abstenerse de realizar cobros no pactados expresamente. Bancos podrán desarrollar actividades de leasing.

Bogotá, 11 abr (SP). El Gobierno Nacional, a través del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, radicó este viernes en el Congreso de la República el proyecto de ley de Reforma Financiera, que tiene como objetivo colocar a este sector en el mismo nivel de los sistemas financieros de la región.

Al referirse a la iniciativa, el Ministro Oscar Iván Zuluaga dijo que es necesario reconocer que el sector se encuentra en un contexto externo cambiante, donde hay unas señales que imponen nuevos desafíos para la supervisión y la regulación de las operaciones y del sector financiero.

También señaló que la reforma es necesaria, dada la negociación de acuerdos comerciales con otros países, los cuales incorporan aspectos relacionados con servicios financieros y seguros en los que el país tiene enormes oportunidades.

El proyecto incluye una completa protección al consumidor financiero, establece el régimen de Multifondos en el sistema de Ahorro Individual de pensiones, adopta un régimen de dos portafolios en cesantías, fortalece la estructura institucional de supervisión, mejora las actividades del Fogafin, permite nuevas actividades a algunas entidades y abre otras a la oferta internacional, introduciendo una mayor competencia en el sector.

Protección al consumidor

La iniciativa comprende un capítulo completo que establece un Régimen Integral para defender a los consumidores de los servicios financieros, precisando sus derechos, las obligaciones de las entidades financieras, la información que se les debe entregar a los consumidores, la seguridad y calidad en la prestación de servicios y las sanciones que se les impondrá a las entidades que violen el régimen, consolidando además la figura del Defensor del Cliente Financiero.

Este Defensor, que deberá ser abogado y tendrá funciones de conciliador, solo podrá ser removido de sus funciones por la Superintendencia Financiera

Se prohíbe la inclusión de ciertas cláusulas en los contratos de servicios financieros: no se puede obligar a la renuncia de derechos consagrados por la ley, y en los contratos no se podrá invertir la carga de la prueba en perjuicio del consumidor.

La información que se le entregue al consumidor tiene que ser oportuna, transparente y veraz. El consumidor deberá adoptar las recomendaciones que se le hagan para el manejo de los instrumentos –como los cajeros automáticos- y como buena práctica deberá verificar los extractos, conocer los mecanismos de reclamo y hacerlo en forma respetuosa.

La Reforma obliga a las entidades a emplear estándares adecuados en la prestación del servicio, especialmente en lo relacionado con los medios y sistemas tecnológicos.

El Defensor del Cliente será designado por la Superintendencia Financiera y no por cada entidad, sólo podrá ser removido por la Superintendencia, tiene que ser abogado pues se le darán funciones de conciliador y estará sujeto al régimen sancionatorio de la SuperFinanciera.

Pensiones y cesantías

En el caso del Régimen de Ahorro Individual de Pensiones que manejan las Administradoras Privadas (AFPs), se adopta el modelo de Multifondos. Para el régimen de cesantías administrado por dichas AFPs, se adoptan dos portafolios, uno de corto y otro de largo plazo.

El objetivo es permitir segmentar a los afiliados de acuerdo con las edades y los perfiles de riesgo y el rendimiento que debe recibir sería mayor a medida que se asuma un mayor riesgo.

Se protege el valor del beneficio de los afiliados próximos a recibirlo, se adopta un sistema de fondos bajo un esquema fuerte de información y se le permitirá al afiliado escoger entre fondos, o en su defecto, operará un esquema de asignación.

Se mantiene en el 3 por ciento la Comisión de Administración que cobran los Fondos de Pensiones, pero se establecerá un esquema de incentivos por mejor gestión de los portafolios que propiciará más competencia entre las Administradoras.

En el caso de las cesantías, la propuesta incluida en el proyecto entregado a consideración de la Cámara de Representantes, es que puedan ofrecer dos portafolios de inversiones, uno a la Vista, es decir de liquidez en los primeros seis meses, y otro fondo a largo plazo con un mayor horizonte de permanencia.

El régimen de Multifondos entrará en vigencia 14 meses después de la promulgación de la ley y el de dos portafolios de Cesantías, en febrero de 2009.

Otros temas

Un capítulo de la Reforma Financiera se refiere a temas puntuales en algún tipo de entidades financieras.

Por ejemplo, a los bancos se les permite desarrollar actividades de leasing y pueden otorgar financiación para la compra de compañías del sector real, así los empresarios no tendrán que salir al exterior a endeudarse en dólares.

Las casas de cambio se denominan Sociedades de Intermediación Cambiaria y podrán realizar giros en moneda nacional, pero en el territorio colombiano.

El Fondo de Garantías de Instituciones Financieras (Fogafin) queda facultado para hacer un seguimiento a las liquidaciones de todas las entidades vigiladas por la SuperFinanciera y se fortalecen las labores de vigilancia y control que adelanta la Superintendencia Financiera.

En cumplimiento de lo negociado en el TLC con Estados Unidos, así como de la estrategia adoptada en otras negociaciones en curso y con el propósito de fomentar la competencia en el sistema, se permitirá, dentro de 4 años, la compra en el exterior de algunos seguros y se admitirá que se abran sucursales en Colombia de bancos y compañías de seguros del exterior.