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Agosto 05
Aumentan penas para los delitos contra la salud pública

El Presidente sancionó la Ley 1220 del 2008, que modifica artículos del Título XII, Capítulo I del Código Penal. La Ley señala, entre otros puntos, que el que viole las medidas sanitarias adoptadas por las autoridades competentes para impedir la introducción o propagación de una epidemia incurrirá en prisión de cuatro a ocho años.

Bogotá, 4 ago (SP). El Presidente de la República, Álvaro Uribe Vélez, sancionó la Ley 1220 del 2008, mediante la cual se aumentan las penas para quienes cometan delitos contra la salud pública.

La norma modifica varios artículos del Título XII, Capítulo I del Código Penal.

La Ley señala que, en adelante, el que viole las medidas sanitarias adoptadas por las autoridades competentes para impedir la introducción o propagación de una epidemia incurrirá en prisión de cuatro a ocho años.

Así mismo, el que propague epidemia incurrirá en prisión de cuatro a diez años.

En su artículo 3º, la Ley señala que “el que después de haber sido informado de estar afectado por el virus de inmunodeficiencia humana (VIH) o de la hepatitis B, realice prácticas mediante las cuales pueda contaminar a otra persona, o done sangre, semen, órganos o en general componentes anatómicos, incurrirá en prisión de seis a 12 años.

Penas por otros delitos relacionados

Contaminación de aguas: El que envenene, contamine o altere agua destinada al uso o consumo humano incurrirá en prisión de cuatro a diez años.

La pena será de cuatro a ocho años de prisión, si el agua estuviere destinada al servicio de la agricultura o al consumo o uso de animales.

Igualmente, aumentarán las penas de una tercera parte a la mitad cuando la conducta se realice con fines terroristas.

Corrupción de alimentos, productos médicos o material profiláctico: El que envenene, contamine, altere producto o sustancia alimenticia, médica o material profiláctico, medicamentos o productos farmacéuticos, bebidas alcohólicas o productos de aseo de aplicación personal, los comercialice, distribuya o suministre, incurrirá en prisión de 5 a 12 años.

En la misma pena se incurrirá si los productos están deteriorados, caducados o incumplen las exigencias técnicas.

La pena será de ocho a 15 años si el delito se comete con fines terroristas.