Escuche Radio Nacional de ColombiaBoletín de Noticias - SP - Correo Presidencia Video Audio Ir al inicio Noticias Fotografía Mapa de Sitio
2002 - 2003 - 2004 - 2005 - 2006 -
2007 - 2008 - 2009 - 2010

Agosto 2008
Enero
Febrero
Marzo
Abril
Mayo
Junio
Julio
Agosto
Septiembre
Octubre
Noviembre
Diciembre
L M M J V S D
        1 2 3
4 5 6 7 8 9 10
11 12 13 14 15 16 17
18 19 20 21 22 23 24
25 26 27 28 29 30 31
 
 

Secretaría de PrensaNoticias 5629349

     
   
   
 
Agosto 12
Con $100 mil millones en Cert, Gobierno apoyará a exportadores afectados por la revaluación

Con estos recursos, el Gobierno Nacional busca proteger a los exportadores que embarcaron mercancías entre el primero de abril y el 30 de junio de 2008. Las ayudas totales ya alcanzan los 650 mil millones de pesos, incluyendo los créditos blandos de Bancóldex y la rebaja arancelaria para la importación de materias primas.

Bogotá, 12 ago (SP). El Gobierno Nacional destinará 100 mil millones de pesos en Certificados de Reembolso Tributario (Cert), para apoyar a los exportadores que embarcaron mercancías entre el primero de abril y el 30 de junio de 2008.

Así lo informó el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, al explicar que con estos recursos el Gobierno Nacional busca mitigar los efectos causados por la revaluación del peso.

“Estos certificados se pueden negociar en el mercado secundario para convertirlos en efectivo”, agregó el Ministro de Comercio, Industria y Turismo, Luís Guillermo Plata.

Las ayudas totales, según cifras de la Cartera de Comercio, ya alcanzan los 650 mil millones de pesos, incluyendo 370 mil millones de pesos vía Cert, los créditos blandos de Bancóldex y la rebaja arancelaria para la importación de materias primas.

Inicialmente se había establecido que el pago de los cien mil millones de pesos sería en forma directa, como cien pesos por dólar exportado, explicó el Jefe de la cartera de Comercio, tras señalar que esa figura fue objetada por razones jurídicas y por los compromisos multilaterales del país.

En este caso, lo único que se está cambiando es el vehículo de entrega de ese reconocimiento, para cumplir a los exportadores de productos industriales que se han visto afectados por la revaluación del peso y por la inestabilidad de los mercados internacionales.

Adicionalmente, para hacer más expedito el reconocimiento del Certificado de Reembolso Tributario a los exportadores, el Gobierno Nacional, a través del Decreto 2853 de agosto de 2008, eliminó el requisito de acreditación de reintegro de divisas, con lo que sólo deberán hacerlo ante la autoridad monetaria.

El reconocimiento del Cert (con una tasa de 4 por ciento para todo el sector industrial), no será aplicable a las exportaciones destinadas a Bolivia, Ecuador, Perú, Venezuela, Panamá, Aruba, Bonaire y Curacao, agrega el Decreto 2924 de agosto 11 de 2008.

Las solicitudes deberán ser presentadas a través de los intermediarios financieros como bancos y corporaciones de ahorros, según lo establece el Decreto 2882.

El plazo para presentar dichas solicitudes vence el 30 de septiembre de 2008, agregó la Cartera de Comercio, al recordar que el Cert fue creado como un instrumento flexible de apoyo a las exportaciones mediante la devolución de sumas equivalentes a una porción de los impuestos indirectos pagados por el exportador.

Para ser beneficiario del reconocimiento del Cert, el exportador deberá aportar certificación suscrita por el revisor fiscal, en su defecto por contador inscrito y representante legal, en la que acredite que se encuentra a paz y salvo, respecto de los aportes parafiscales que la ley impone al empleador.

Los exportadores deben presentar la solicitud vía la Internet, a través del intermediario financiero, en el portal del Ministerio de Comercio (www.mincomercio.gov.co).

Estos Certificados de Reembolso Tributario caducarán el 31 de diciembre de 2009 y solamente dentro de este término podrán negociarse libremente o utilizarse para el pago de impuestos, en los términos establecidos en la ley.
Entre los sectores beneficiados con el reconocimiento del Cert se encuentran los de la industria alimenticia, bebidas, líquidos alcohólicos; los productos de la industria química y conexas; plásticos y sus manufacturas, caucho y sus manufacturas; y peletería, manufacturas de cuero, calzado y artículos de talabartería.

También podrán acceder a este beneficio los ramas relacionadas con muebles de madera; corcho y sus manufacturas; manufacturas de espartería o cestería; pasta de madera, papel o cartón e industrias editoriales.

Los industriales de los sectores de textiles, confecciones; productos cerámicos; joyería; manufacturas de metales; máquinas y aparatos, material eléctrico; aparatos de grabación o reproducción de sonido e imagen de televisión; autopartes; instrumentos y aparatos de óptica, fotografía y cinematografía y aparatos médicos quirúrgicos, también podrán beneficiarse con el reconocimiento del Cert.