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Agosto 13
Próximo viernes se cierran inscripciones para sorteo de servicio social obligatorio

El Ministerio de la Protección Social hizo un llamado a los profesionales en odontología, bacteriología y enfermería, interesados en participar en esta convocatoria.

Bogotá, 13 ago (SP). El próximo viernes 15 de agosto vence el plazo para que los profesionales en odontología, bacteriología y enfermería se inscriban en las secretarías departamentales y distrital de Salud de Bogotá, para puedan participar en el sorteo del Servicio Social Obligatorio.

Para la inscripción, que puede hacerse personalmente, por correo o por fax, deben presentar el formulario diligenciado, copia de la cédula de ciudadanía y copia del acta de grado y título.

Cuando éste haya sido obtenido en el exterior, se debe presentar el acto administrativo de convalidación de acuerdo con las normas vigentes.

En el caso de que los interesados en participar en el sorteo no hayan obtenido el título, podrán inscribirse con una certificación de la respectiva Institución de Educación Superior, donde se manifieste que el título o acta de grado se entregará antes del 15 de septiembre de 2008.

Los profesionales solamente podrán inscribirse en una Dirección Departamental o Distrital de Salud de Bogotá. En caso de que el profesional se inscriba en dos o más entidades, no será válida ninguna, y por lo tanto no podrá participar.

El sorteo se realizará el 29 de agosto en la sede de las Direcciones departamentales y distritales de Salud, en la hora que cada entidad determine.

Los favorecidos con plaza tendrán un plazo de cinco días hábiles para reclamar su comunicación de adjudicación, documento válido para presentarse ante la entidad nominadora.

Si no lo hace, se entenderá que ha renunciado, y en este caso no podrá presentarse nuevamente ni quedarán eximidos de prestar el Servicio Social Obligatorio, por lo que deberá hacerlo en una institución no sujeta a este sorteo.

Los profesionales no seleccionados quedarán exentos de prestar el Servicio Social Obligatorio, y en consecuencia las Direcciones Territoriales y Distritales de Salud deberán expedir las resoluciones de autorización para el ejercicio profesional en todo el territorio nacional.