Agosto 26
Proyecto de acto legislativo cierra las puertas a miles de colombianos que aspiran a ingresar al servicio público

Bogotá, 26 ago (SP). Por considerar que los procesos de selección son la forma de legitimar y posesionar a quienes van a ejercer la función pública, los entes de control, el Gobierno Nacional, la Rama Judicial y la Comisión Nacional del Servicio Civil coinciden en manifestar su desacuerdo al Proyecto de Acto Legislativo que ordena inscribir en carrera, sin aplicar ninguna prueba y ascender sin examen, a todos los empleados que lleven tres o más años en calidad de provisionales o encargados.

Este es el texto del comunicado:

Comunicado de Prensa

Proyecto de acto legislativo cierra las puertas a miles de colombianos que aspiran a ingresar al servicio público

• Organismos de Control, Gobierno Nacional, Rama Judicial y Comisión Nacional del Servicio Civil coinciden en manifestar su desacuerdo al proyecto de acto legislativo que cursa en el Congreso, por cuanto cierra las puertas a los miles de colombianos que aspiran a ingresar a la administración pública en igualdad de condiciones y por sus méritos individuales.

Por considerar que los procesos de selección son la forma de legitimar y posesionar a quienes van a ejercer la función pública, los entes de control, el Gobierno Nacional, la Rama Judicial y la Comisión Nacional del Servicio Civil coinciden en manifestar su desacuerdo al Proyecto de Acto Legislativo 259/08 Cámara 023 de 2008 Senado, aprobado en cuatro debates en el Congreso de la República, que adiciona un parágrafo transitorio al artículo 125 de la Constitución Política, ordenando inscribir en carrera, sin aplicar ninguna prueba y ascender sin examen, a todos los empleados que lleven tres o más años en calidad de provisionales o encargados.

La reforma constitucional abarca a los empleados de 32 departamentos, 1.099 municipios, ministerios, departamentos administrativos, establecimientos públicos, corporaciones autónomas, personerías, superintendencias, Aeronáutica Civil, Presidencia de la República, Cancillería, empleados del DAS, DIAN e INPEC. Así mismo, estarían exonerados de comprobar su mérito los empleados de la Rama Judicial, los organismos de control, los maestros de la educación pública, así como los civiles no uniformados que laboran en el sector Defensa.

Dichos organismos aclararon que la aplicación de la carrera administrativa implica que los méritos y las calidades de los aspirantes a empleados públicos sean criterios fundamentales para el ingreso y el ascenso y, a su vez, conlleva el desarrollo de otros derechos, como son el de la igualdad y el acceso en igualdad de condiciones al Estado.

Estos derechos se verían afectados de aprobarse en quinto debate el citado Acto legislativo, por cuanto, tan solo en el sistema general, se cierran las puertas a los 203.000 de los 600.000 aspirantes que superaron la prueba básica de competencias laborales y que están esperando ingresar a un empleo en igualdad de condiciones con las personas que vienen ejerciéndolos en calidad de provisionales.

La aprobación del Acto legislativo afecta la confianza que depositaron miles de colombianos que se inscribieron a los procesos de selección, convencidos de que las condiciones y número de empleos a proveer no se iban a variar.

Además, la reforma constitucional impide acceder por mérito a la Rama Judicial, Contraloría y Procuraduría, tal como lo ordenan los artículos 256, 268, 279 de la Constitución Política, respectivamente.

Se destaca que con la reforma constitucional propuesta se afectaría la calidad de la educación, donde ya se han vinculado más de 40.000 docentes previa comprobación de sus méritos como resultado de procesos de selección públicos y abiertos.

De otro lado, la aprobación del Acto Legislativo implica dejar sin funciones a la Comisión Nacional del Servicio Civil, cuyo funcionamiento le cuesta al Estado más de 3.000 millones de pesos al año y la pérdida de más de 20.000 millones de pesos que ha invertido el Estado en la implantación del mérito e igualdad de acceso a los cargos públicos.

Si bien es legítimo e impostergable poner fin a la situación de interinidad de los provisionales, quienes no tienen la culpa ni la responsabilidad de serlo, no resulta admisible vulnerar los derechos de miles de ciudadanos de acceder a los empleos públicos en igualdad de condiciones con los empleados provisionales.

BERNARDO MORENO VILLEGAS
Director Departamento Administrativo de la Presidencia de la República

JAIME BERMÚDEZ MERIZALDE
Ministro de Relaciones Exteriores

CECILIA MARÍA VÉLEZ WHITE
Ministra de Educación

FERNANDO GRILLO RUBIANO
Director Departamento Administrativo de la Función Pública

EDGARDO JOSÉ MAYA VILLAZÓN

Procurador General de la Nación
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