Una de las decisiones es ofrecer la opción a los comercializadores de energía, para que difieran en el tiempo los aumentos en la tarifa que superen el 2 por ciento mensual. Por ejemplo, si hay un aumento del 8 por ciento, éste se podrá diferir a 8 meses, con un incremento mensual de 1 por ciento.
Bogotá, 24 dic (SP). La Comisión de Regulación de Energía y Gas (Creg) expidió una serie de normas con el fin de moderar los posibles aumentos en las tarifas de energía eléctrica, producto de los incrementos coyunturales en los costos de generación.
La primera de ellas busca que los incrementos se produzcan gradualmente en el tiempo. Así se da la opción a los comercializadores, para que difieran en el tiempo los aumentos en la tarifa que superen el 2 por ciento mensual.
Por ejemplo, si hay un aumento del 8 por ciento, éste se podrá diferir a 8 meses, con un incremento mensual de 1 por ciento.
“De esta forma, cada comercializador de energía podrá diseñar su senda de tiempo según el monto de los aumentos. Es importante aclarar que para todos los casos los usuarios de estratos 1 y 2 no habrá aumentos mayores al IPC (Índice de Precios al Consumidor)”, explicó el director de la Creg, Hernán Molina Valencia.
La segunda medida pretende aumentar el incentivo a la competencia y generar mayor transparencia en el mercado de energía. Para ello se reglamentaron los plazos en las licitaciones de compra de energía que realizan los comercializadores de energía que atienden a usuarios regulados (residencias y pequeña industria).
Ahora los compradores de energía deberán resolver las licitaciones en un plazo máximo de quince días calendario con lo cual se evitan plazos más largos que impidan tener energía disponible para ofertar.
“De esta forma los generadores puede ofertar la energía no asignada durante esos 15 días, en otras licitaciones”, señaló el Viceministro de Minas y Energía, Manuel Maigushca.
Por su parte el Ministerio de Minas y Energía expidió el decreto 4670, con el cual se prohíbe la especulación con el gas natural en el mercado secundario. Con la medida, los usuarios de gas natural, incluyendo los generadores de energía eléctrica, no podrán comercializar el gas que deben utilizar para su generación a precios mayores al de compra.
“Lo que se busca es que los generadores no tengan la tentación de un mercado con precios suntuosos de gas, que desvíe este combustible de la generación y por lo tanto disminuya la oferta y aumente precios en la bolsa”, dijo el Viceministro. |