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Enero 02

0,86 por ciento sube tasa de interés moratorio para impuestos

La tasa de interés moratorio que estará vigente para los tres primeros meses de 2008, será de 32,75 por ciento anual y se liquidará por cada día calendario de retardo en el pago de impuestos, anticipos y retenciones, administrados por la Dian.

Bogotá, 2 ene (SP). La tasa de interés moratorio para efectos tributarios, que regirá hasta el 31 de marzo de 2008, será de 32,75 por ciento anual, anunció la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian).

La cifra presenta un incremento de 0,86 por ciento frente a la tasa anterior (31,89 por ciento), la cual rigió durante el último trimestre de 2007.

Esta tasa se liquidará por cada día calendario de retardo en el pago de impuestos, anticipos y retenciones, administrados por la Dian.

Así mismo, dicha tasa regirá en materia de devoluciones, según lo dispuesto en los artículos 863 y 864 del Estatuto Tributario.

La entidad recordó que los intereses de mora se liquidan con la tasa de usura, certificada por la Superintendencia Financiera de Colombia, e hizo un llamado para que quienes tienen obligaciones en mora se pongan al día o establezcan acuerdos de pago y eviten, de esta manera, la adopción de medidas coactivas, como el embargo y el remate de bienes.