- La norma con fuerza de ley garantiza que los recursos del Sistema General de Participaciones le lleguen a los ciudadanos más pobres y se constituyan en fuente de desarrollo social y económico.
- Los recursos del Sistema General de Participaciones alcanzarán este año $ 19.5 billones y representan el 31% de la financiación del Plan Nacional de Desarrollo: Estado Comunitario: desarrollo para todos.
Bogotá, 12 de enero de 2008.- Con el propósito de fortalecer los instrumentos que permitan el cumplimiento de metas universales en educación y salud, e incrementos significativos en la cobertura de agua potable y saneamiento básico, el Gobierno Nacional, en cumplimiento del mandato constitucional del Acto Legislativo 04 de 2007, que reformó el Sistema General de Participaciones (SGP), expidió el decreto 28 de 2008, mediante el cual se establece la estrategia de monitoreo, seguimiento y control integral al gasto que los municipios, distritos y departamentos realicen con dichos recursos.
Para este año, los recursos del SGP alcanzarán $ 19.5 billones y, durante el periodo 2007-2010, suman $ 73.4 billones que representan el 31% de la financiación del Plan Nacional de Desarrollo.
En cerca del 70% de los municipios las transferencias recibidas por este concepto alcanzan más del 50% de los ingresos disponibles para la atención de los servicios básicos de la ciudadanía y para financiar programas y proyectos que generan desarrollo económico y social.
Por lo anterior, el Decreto parte de reconocer que, además de realizar la distribución de estos recursos y brindar asistencia técnica para su ejecución, el Gobierno Nacional tiene la responsabilidad de velar por su adecuada y eficiente utilización.
La Directora de Planeación Nacional, Carolina Rentería, enfatizó que, respetando la autonomía otorgada por la Constitución Política a las entidades territoriales y teniendo como propósito su fortalecimiento, la estrategia busca armonizar los esfuerzos de las diferentes entidades del orden nacional relacionadas con el tema, para:
- Realizar un monitoreo efectivo a la utilización de estos recursos, mediante el fortalecimiento de sistemas de información, la construcción de indicadores y criterios de evaluación objetivos, medibles y comprobables para realizar análisis oportunos e integrales sobre el uso de los recursos para educación, salud, agua potable y saneamiento básico, y propósito general, que permitan identificar acciones u omisiones por parte de las entidades territoriales que puedan poner en riesgo la adecuada utilización de los recursos del SGP.
- Verificar, mediante actividades de seguimiento, como evaluación y análisis de los procesos administrativos, institucionales, fiscales, presupuestales, contractuales y sectoriales de las entidades territoriales, si los riesgos identificados en la etapa de monitoreo comprometen la ejecución de los recursos y la prestación de los servicios.
- Apoyar a la entidad territorial en la cual se hayan verificado eventos de riesgo, mediante la formulación e implementación de un plan de desempeño para superarlos.
- Determinar en casos extremos la necesidad de aplicación de medidas correctivas, tales como suspensión de giros a la entidad territorial; giro de recursos a través de fiducias públicas contratadas por la entidad territorial, con el acompañamiento del Gobierno Nacional; asunción temporal de competencias por parte del departamento o la Nación; y solicitud de suspensión de procesos contractuales por parte de la Procuraduría General de la Nación. Todo lo anterior con el fin de garantizar el uso adecuado de los recursos y la prestación de los servicios a la ciudadanía
Es importante hacer énfasis en que la estrategia tiene como objeto principal que en cada una de las actividades que la componen, el Gobierno Nacional acompañe a la entidad territorial para que pueda subsanar las situaciones que obstaculicen una gestión adecuada de los recursos del SGP. La intención fundamental es brindar soporte para fortalecer la gestión local y, para ello, se requiere contar con el apoyo de los departamentos.
La adopción de las medidas se efectuará atendiendo criterios de razonabilidad, proporcionalidad, continuidad y restablecimiento de la prestación de los servicio.
Para la orientación, articulación y ejecución de la estrategia, se crea la Unidad Administrativa Especial de Monitoreo, Seguimiento y Control, adscrita al Departamento Nacional de Planeación.
Un componente fundamental de la estrategia es el control social y la mayor participación ciudadana, a través de mecanismos tales como presentación de metas de continuidad, cobertura y calidad en la prestación de los servicios por parte de la administración municipal o departamental; rendición de cuentas; y acceso del público a los informes y resultados del proceso.
Finalmente, la norma establece disposiciones para evitar el embargo de los recursos del SGP.
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