La decisión se tomó luego de una reunión que sostuvieron representantes del Ministerio de Hacienda, del Banco de La República, de la Superintendencia Financiera, de la Bolsa de Valores de Colombia y del Autorregulador del Mercado de Valores.
Bogotá, 3 jul (SP). El Ministerio de Hacienda y Crédito Publico, el Banco de La República, la Superintendencia Financiera, la Bolsa de Valores de Colombia y el Autorregulador del Mercado de Valores informaron a los intermediarios de valores y a los demás agentes del mercado, que a partir del próximo lunes 7 de julio se podrá efectuar el reporte de las operaciones realizadas en el mercado mostrador, a los sistemas de registro de operaciones sobre valores.
La decisión se tomó de acuerdo con los decretos 1120 y 1121 de abril 11 de 2008 y sus normas reglamentarias, que tienen por objetivo flexibilizar los sistemas de negociación de valores y de registro de estas operaciones.
Este es el comunicado de prensa del Ministerio de Hacienda:
Comunicado de Prensa
A partir del lunes 7 de julio
Se podrá efectuar el Registro de Operaciones sobre Valores
El día miércoles 2 de julio de 2008, se reunieron representantes del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, del Banco de La República, de la Superintendencia Financiera de Colombia, de la Bolsa de Valores de Colombia y del Autorregulador del Mercado de Valores, con el fin de hacer una evaluación del proyecto que permite el registro de operaciones sobre valores ejecutadas en el mercado mostrador.
Una vez valorados los diferentes elementos que se requieren para dar inicio al mencionado proyecto, los funcionarios allí reunidos coincidieron en que están dadas las condiciones para la iniciación del registro de operaciones sobre valores.
En consecuencia, el Ministerio de Hacienda y Crédito Publico, el Banco de La República, la Superintendencia Financiera, la BVC y el AMV se permiten informar a todos los intermediarios de valores y a los demás agentes del mercado, que a partir del próximo lunes 7 de julio de 2008, se podrá efectuar el reporte de las operaciones realizadas en el mercado mostrador a los sistemas de registro de operaciones sobre valores, de acuerdo con la normatividad contenida en los decretos 1120 y 1121 de abril 11 de 2008 y sus normas reglamentarias. |