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Julio 10

EPS no pueden suspender servicios por retrasos en pagos con planilla única

La Superintendencia Nacional recomendó a las Entidades Promotoras de Salud que comprendan la situación que se ha presentado con el pago de la seguridad social a través de la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes (Pila), considerada como una herramienta para evitar la elusión y evasión en estos aportes.

Bogotá, 10 jul (SP). La Superintendencia Nacional de Salud advirtió a las Entidades Promotoras de Salud del régimen contributivo que los eventuales retrasos en los pagos de los aportes de salud, por medio de la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes (Pila), no pueden originar, en ningún momento, una suspensión en los servicios a los usuarios.

“Las dificultades y retrasos en el pago de los aportes no puede significar una suspensión inmediata de los servicios, de acuerdo con la normatividad vigente. Únicamente las EPS pueden suspender los servicios al mes de mora en el pago de los aportes y debe avisarse previamente por correo certificado al cotizante o beneficiario que esté incurriendo en dicha situación”, explicó Mario Mejía Cardona, Superintendente Nacional de Salud.

El funcionario indicó que la entidad espera que las EPS comprendan la actual situación y colaboren con el buen funcionamiento del Sistema General de Seguridad Social en salud, como les corresponde.

“La Superintendencia Nacional de Salud estará vigilante de que las EPS garanticen la prestación del servicio y cumplan con los procedimientos establecidos en la normatividad vigente”, reiteró Mejía Cardona.

Añadió que la Supersalud apoya la implementación de la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes (PILA), por cuanto ayuda a controlar la evasión y la elusión de los aportes a la salud, ayuda a tener unas mejores bases de datos en beneficio de todo el sistema, requisito indispensable para lograr un mejor flujo de los recursos financieros del Sistema General de Seguridad Social en Salud.