Escuche Radio Nacional de ColombiaBoletín de Noticias - SP - Correo Presidencia Video Audio Ir al inicio Noticias Fotografía Mapa de Sitio
2002 - 2003 - 2004 - 2005 - 2006 -
2007 - 2008 - 2009 - 2010

Junio 2008
Enero
Febrero
Marzo
Abril
Mayo
Junio
Julio
Agosto
Septiembre
Octubre
Noviembre
Diciembre
L M M J V S D
            1
2 3 4 5 6 7 8
9 10 11 12 13 14 15
16 17 18 19 20 21 22
23 24 25 26 27 28 29
30            
 
 

Secretaría de PrensaNoticias 5629349

     
   
   
 
Junio 26

Bienes ‘sin dueño’ encontrados por Fuerza Pública serán destinados a policías y soldados discapacitados

Así quedó establecido en la Ley 1201 “Por la cual se regula el hallazgo de bienes por parte del servidor público”, sancionada por el Presidente Álvaro Uribe Vélez. La norma también fija los delitos en que incurren los servidores que se apropien total o parcialmente de los mismos.

Bogotá, 26 jun (SP). El 40 por ciento del valor de los bienes abandonados y sin dueño, que sean encontrados por la Fuerza Pública en función de su labor constitucional, serán destinados a desarrollar una política social para soldados y policías discapacitados y familiares de heridos en combate, con el fin de garantizarles un medio de subsistencia y vivienda dignos.

Así lo establece la Ley 1201, “Por la cual se regula el hallazgo de bienes por parte del servidor público”, sancionada el pasado 23 de junio por el Presidente de la República, Álvaro Uribe Vélez.

Bienes encontrados por servidores públicos

La norma destaca que si estos bienes abandonados y sin dueño (bienes mostrencos), son encontrados de manera fortuita por servidores públicos en cumplimiento de sus funciones, “pertenecen a la Nación”, y deberán reportar este hallazgo a la Fiscalía General.

Destaca la Ley que la Nación destinará estos bienes o los recursos que quedaren de su administración o enajenación, en un 60 por ciento a la atención de la población desplazada, y un 40 por ciento a víctimas del terrorismo, a través de la Agencia Presidencial Acción Social.

Agrega que si sobre alguno de estos bienes hallados, se tiene el indicio de que son el resultado de actividades ilícitas por parte de grupos armados ilegales, “se iniciará el proceso de extinción de dominio a favor del Estado”. De no constatarse evidencia alguna, la Agencia Presidencial Acción Social podrá disponer de los mismos y los recursos que ellos puedan generar.

En caso de que los bienes encontrados pertenezcan a miembros de los grupos al margen de la ley, que se encuentren acogidos por la Ley de Justicia y Paz (975 de 2005), los recursos provenientes de estos se regirán por lo estipulado en dicha Ley.

Si los bienes muebles hallados son de carácter cultural o arqueológico, la Fiscalía General tendrá la obligación de dar aviso de inmediato al Ministerio de Cultura.

Los servidores públicos que se apropien total o parcialmente, mantuviesen ocultos o dejasen perder por negligencia o descuido los bienes hallados, “incurrirán en el delito de peculado de conformidad al Código Penal en los artículos 397 al 403 y sus concordantes al Código de Procedimiento Penal”, concluye la norma.