Bogotá, 2 may (SP). El Gobierno Nacional decidió objetar parcialmente, por razones de inconstitucionalidad, el proyecto de ley que tiene como objetivo dar estabilidad a los empleados públicos provisionales.
Según el Departamento Administrativo de la Función Pública, la decisión fue adoptada luego de analizar la solicitud del Procurador General de la Nación, quien pidió no sancionar la iniciativa, cuyo propósito es mantener en sus cargos a los servidores públicos provisionales que ingresaron al Estado antes de septiembre de 2004.
Según el Procurador, el proyecto de ley violaba dos artículos: el 125 de la Constitución, que señala que todas las personas deben ingresar por mérito a la administración pública; y el artículo 13, que señala que todos los ciudadanos son iguales frente a la ley.
En concepto del funcionario, con el proyecto de ley estarían vulnerándose ambos artículos, pues todos los ciudadanos deben ingresar a través de un sistema de mérito puro a la administración pública.
Además, entre el debate del proyecto de ley en plenaria del Senado y el debate en plenaria de la Cámara, la Comisión Nacional del Servicio Civil, que es la entidad que administra y vigila la carrera administrativa en Colombia, publicó los resultados de la Prueba General de Preselección, los cuales dieron como resultado que 33 mil 917 aspirantes que laboran con el Estado aprobaron el examen, y 28 mil 475 lo perdieron.
Este hecho generó expectativas legítimas a los aspirantes que pasaron la prueba, quienes en consecuencia se verían afectados de sancionarse el proyecto de ley.
Ahora el Congreso de la República tendrá que decidir si acepta o no las objeciones por inconstitucionalidad. De no aceptarlas, será la Corte Constitucional la que en última instancia definirá cuál es la situación de los provisionales.
Si se llega a esta última instancia, y la Corte declara inconstitucional el proyecto de ley, las personas provisionales que ingresaron al Estado antes de septiembre de 2004 tendrán que ser convocadas a examen.
Y si por el contrario, la Corte señala que el proyecto es exequible, dichos trabajadores permanecerán en sus cargos y solamente podrían ser retiradas por las causales ordinarias, es decir, porque se pensionen, porque fallezcan, porque se suprime el cargo, o porque sean retiradas por un mal desempeño. |