El Cert (Certificado de Reembolso Tributario) será del 4 por ciento para aquellas exportaciones de productos que se embarcaron entre el 1 de febrero y el 31 de marzo de 2008. Gobierno estableció contingente de importación de confecciones provenientes de China.
Bogotá, 13 may (SP). El Gobierno Nacional continúa adoptando medidas con el fin de mitigar los efectos la revaluación del peso y la volatilidad en los mercados internacionales, en los sectores exportadores del país.
Con miras a ofrecer soluciones efectivas en dichos renglones, resolvió que el Cert (Certificado de Reembolso Tributario) será del 4 por ciento para todas aquellas exportaciones de productos que se embarcaron entre el 1 de febrero y el 31 de marzo de 2008.
La disposición, no se aplicará a las exportaciones destinadas a los países de la Comunidad Andina, Panamá, Aruba, Bonaire y Curacao.
Para el reconocimiento del Cert se deberá acreditar el paz y salvo de los aportes parafiscales que la ley exige al empleador.
Según el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, las solicitudes de reconocimiento del Cert deberán presentarse antes del 31 de julio de 2008.
La medida “demuestra la decisión del Gobierno Nacional, y en particular, del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, de ayudar a los empresarios a mitigar los efectos de la revaluación del peso y la incertidumbre que pueden suscitar los mercados externos”, explicó el Jefe de la Cartera de Comercio, Luis Guillermo Plata.
Reiteró que estas, ayudarán a mejorar la competitividad de los productores nacionales, tanto en el mercado doméstico, como en el internacional.
Otras medidas
Dentro del mismo contexto, recientemente el Gobierno tomó la decisión de bajar el arancel a cero por ciento, para las importaciones de materias primas industriales no producidas en el país, que hoy tienen entre un 5 y 20 por ciento de arancel. La medida regirá por seis meses.
Otra de las decisiones adoptadas por el Gobierno, con el objeto de proteger a los exportadores, es el establecimiento de contingentes para regular las importaciones de calzado y confecciones provenientes de China, que han venido afectando a los sectores colombianos.
El contingente para las importaciones de calzado, que se constituye como un instrumento de defensa comercial en pro de los empresarios colombianos, es de 7 millones 432 mil 505 pares de zapatos, y tiene una vigencia temporal, hasta el 31 de agosto de 2008.
Por su parte, el contingente para las importaciones de confecciones establecido en el Decreto 1515 de mayo de 2008, es de 24 millones 136 mil 393 unidades.
Las anteriores disposiciones no aplican a las importaciones originarias de China, que antes de la fecha de entrada en vigencia de los respectivos decretos hayan sido embarcadas hacia Colombia, y que ingresen al territorio aduanero nacional o se encuentren introducidas en Zonas Francas. |