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Noviembre 06 Versión imprimible
Víctimas de agentes del Estado deben ser reparadas a partir de sentencias ejecutoriadas

El planteamiento lo hizo el Presidente Álvaro Uribe Vélez, al advertir que en ese tema hay que tener el máximo cuidado para evitar que todo delincuente que tenga que ser enfrentado por la acción legitima de las Fuerzas Armadas, se presente como víctima.

Bogotá, 6 nov (SP). El Presidente Álvaro Uribe Vélez reiteró este jueves que en el proyecto de ley de víctimas, que cursa en el Congreso, es necesario aclarar que la reparación de víctimas de agentes del Estado solo debe proceder a partir de sentencias ejecutoriadas.

Aunque el Mandatario reconoció no estar de acuerdo con mezclar en una misma ley el tema de reparación a víctimas de grupos al margen de la ley, con el de reparación a víctimas de agentes del Estado, señaló que ante la insistencia en el tema “se debe tener en cuenta que la reparación procede solamente cuando haya una sentencia ejecutoriada”.

Ante la preocupación de algunos miembros del Legislativo por la demora que puede representar una sentencia judicial, el Jefe de Estado aconsejó incluir en la iniciativa una norma para que ese proceso tenga un trámite preferente.

“A nosotros nos parece que así como es procedente la reparación a las víctimas por reparación administrativa, en el caso de aquellas víctimas que alegan serlo por acción de agentes del Estado, se necesita la sentencia judicial”, recalcó.

El Mandatario advirtió que si en ese tema no se procede con máximo cuidado, se correría el riesgo de que todo delincuente que tenga que ser enfrentado por la acción legitima de las Fuerzas Armadas se presente como víctima.

“Que eso nos cause una parálisis de la política de Seguridad Democrática y que, además, eso cree un síndrome de temor a las víctimas, se paralice toda la actividad de las Fuerzas Armadas de Colombia”, indicó.

Durante su discurso en la celebración de los 89 años de la Fuerza Aérea, también señaló que la ley puede ordenar, en los casos donde la sentencia apenas incluye una reparación pecuniaria, incluir una reparación integral.

Los argumentos

Para el Mandatario, en el proceso es necesario verificar que las personas que alegan ser víctimas de agentes del Estado, de verdad lo sean.

“Cuando alguien alega ser víctima de un agente del Estado lo mínimo que hay que preguntar es si realmente ha sido víctima de un agente del Estado o fue objeto de una acción legítima, legal, de agentes del Estado, en el cumplimiento de sus obligaciones de enfrentar la delincuencia”, anotó.

El segundo argumento del Presidente Uribe para pedir ese tipo de reparación solo a partir de sentencia ejecutoriada es el ejemplo del derecho internacional, que ordena reparación cuando se demuestra responsabilidad del Estado.

“La Corte Interamericana de Derechos Humanos, para ordenar una reparación, se basa en la sentencias del Estado colombiano o en la propia comprobación de la responsabilidad que esa Corte realice, cuando actúe como Corte subsidiaria o supletiva de la Justicia, en este caso, de Colombia.

Si en el Derecho Internacional se exige que haya una prueba judicial de responsabilidad antes de entrar a reparar presuntas víctimas del Estado, ¿por qué en el derecho nacional vamos a excepcionar esa exigencia?”, expuso Uribe Vélez.