Noviembre 12

SuperFinanciera ordena suspensión definitiva de captaciones de dinero a la firma D.R.F.E

El organismo señaló que esta firma no es una institución financiera sometida a su inspección y vigilancia, por lo cual no se encuentra autorizada para captar recursos del público en forma masiva y habitual. Carlos Alfredo Suárez, propietario de D.R.F.E., tiene que devolver la totalidad de los dineros captados.

Bogotá, 12 nov (SP). La Superintendencia Financiera de Colombia mediante Resolución Número 1778 del 11 de noviembre de 2008, adoptó las siguientes medidas cautelares respecto del comerciante Carlos Alfredo Suárez, propietario de los establecimientos comerciales denominados ‘Proyecciones D.R.F.E.’

1. Ordenar al comerciante Carlos Alfredo Suárez, identificado con Cédula de Ciudadanía y NIT número 13.069.704-1 con domicilio en la ciudad de Pasto – Nariño, bajo apremio de multas sucesivas por 61 millones 340 mil pesos cada una, la suspensión inmediata y definitiva de la actividad de captación masiva y habitual de dineros del público, a través de la actividad desarrollada por el establecimiento de comercio de su propiedad denominado ‘Proyecciones D.R.F.E.’.

2. Ordenar igualmente al comerciante Carlos Alfredo Suárez, bajo apremio de multas sucesivas por 61 millones 340 mil pesos cada una, abstenerse de continuar ejerciendo la actividad de captación de dineros del público, por intermedio de los establecimientos de comercio denominados ‘Proyecciones D.R.F.E.’, o por interpuesta persona, mecanismos o instrumentos idénticos, similares o sustitutos de las actividades que fueron analizadas en esta Resolución, u otros establecimientos, locales, oficinas o lugares o cualquier otro medio que tenga por finalidad o efecto el ejercicio irregular de la mencionada actividad financiera.

3. Ordenar la liquidación rápida y progresiva de las operaciones realizadas ilegalmente por parte del comerciante Carlos Alfredo Suárez, a través de sus establecimientos de comercio denominados ‘Proyecciones D.R.F.E.’ en todo el país, para lo cual se ordena el traslado al juez competente.

4. Ordenar al comerciante Carlos Alfredo Suárez la devolución de la totalidad de los dineros captados del público sin contar con la debida autorización oficial, por medio de los establecimientos de comercios de su propiedad denominados ‘Proyecciones D.R.F.E’, sujetándose al procedimiento legal establecido para la liquidación de las operaciones.

5. Remitir, con el fin de proteger los intereses de terceros de buena fe y para preservar la confianza pública en general, copia auténtica de la presente Resolución al señor Director General de la Policía Nacional y a los comandantes de las estaciones de policía de las localidades donde funcionen los establecimientos de comercio ‘Proyecciones D.R.F.E.’, para que, dentro del ámbito de sus competencias legales, adopten las medidas de policía necesarias y suficientes para garantizar el cumplimiento inmediato y eficaz de las medidas cautelares ordenadas en el presente acto administrativo y, en particular, las siguientes:

a) la inmediata guarda de todos los bienes que integran o forman parte de los establecimientos de comercio ‘Proyecciones D.R.F.E.’, así como de los libros y papeles del comerciante; b) la colocación de sellos y demás seguridades indispensables para la debida ejecución de las medidas cautelares; c) la realización de un inventario de los bienes, haberes y negocios del señor Carlos Alfredo Suárez, existentes en dichos establecimientos, los cuales deberán remitirse al juez civil del circuito de conocimiento de la liquidación aquí ordenada; d) el cierre y sellamiento de los establecimientos de comercio mencionados; y e) la colocación de un aviso de la parte resolutiva de la presente Resolución en un sitio visible al público en los respectivos establecimientos de comercio.

Las anteriores medidas se extenderán a cualquier otro establecimiento, local, oficina o lugar, por medio del cual el señor Carlos Alfredo Suárez pretenda continuar en el ejercicio irregular de la captación de dineros del público.

Dicho acto administrativo es de cumplimiento inmediato, sin perjuicio del derecho que le asiste al citado comerciante de interponer ante la Superintendencia Financiera de Colombia, el recurso de reposición correspondiente dentro del término previsto en la ley, sin que este suspenda la ejecutoriedad de la medida.

El comerciante Carlos Alfredo Suárez, sólo por medio de los establecimientos de comercio denominados ‘Proyecciones D.R.F.E.’, de las ciudades de Pasto, Cali, Popayán y Santander de Quilichao, captó, entre abril y septiembre del presente año, más de 400 mil millones de pesos a través de 94 mil operaciones de recaudo aproximadamente.

‘Proyecciones D.R.F.E.’, tiene su sede principal en la ciudad de Pasto y cuenta con otros establecimientos de comercio abiertos en las siguientes localidades del Departamento de Nariño: Túquerres, Samaniego, Taminango, Consaca, Guaitarilla, La Unión, Leyva, Policarpo, Buesaco, Sandoná, Tangua, Chachagüí, Ipiales, Pupiales, El Tambo, La Florida, Nariño, Yacuanquer y Gualtamán.

Igualmente, en las siguientes localidades del Departamento del Putumayo: Sibundoy, Mocoa, Puerto Asís, La Hormiga, Puerto Leguízamo, Villa Garzón y Orito.

Así mismo, en Cali, Palmira (Valle), Bugalagrande (Valle), Candelaria (Valle), Popayán, El Bordo (Cauca), Santander de Quilichao (Cauca), Pereira, Dosquebradas (Risaralda), Armenia, Calarcá (Quindío), La Dorada (Caldas), Neiva, Pitalito (Huila), Garzón (Huila), Ibagué, Fusagasuga (Cundinamarca) y Cúcuta.
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